Las sanciones a los sanitarios que no cogen una oferta van entre comunidades autónomas de los seis días a los 18 meses

Las sanciones por rechazar un empleo pueden ir de los seis días a los dos años.
Las sanciones por rechazar un empleo pueden ir de los seis días a los dos años.


26 sept. 2023 7:00H
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Las sanciones que se aplican cuando el personal sanitario no acepta una oferta de trabajo de la Bolsa de Empleo de su servicio autonómico de salud varían según el territorio. En un lado de la balanza se encuentran las multas que no van más allá de unos días y, en el otro, los ‘castigos’ que sobrepasan el año.

Aun así, en la actualidad encontramos una imagen en la que la falta de médicos y enfermeras hacen que estos tengan ofertas más atractivas y rechacen menos trabajos, incluso que algunas sanciones sean más laxas. Jesús Jordán, responsable de empleo de Comisiones Obreras (CCOO), explica a Redacción Médica que “las comunidades autónomas, en sus sanciones, pueden llegar a levantar la mano si se produjeran situaciones de máxima necesidad de ese tipo de profesionales”.

Rosa Cuadrado, responsable de Acción Sindical de la FSS-CCOO, apunta a este medio que hay casos en los que, para que no haya penalización por rechazar una oferta de trabajo, también se establecen causas justificables como “estar trabajando en otro sitio, estar en un periodo de descanso maternal o cuidados de menores o mayores o por enfermedad”. De esta manera, nos enfrentamos así a un mapa en el que según el territorio las sanciones son más o menos laxas, siempre adaptadas a las particularidades del momento.

Mapa de las sanciones en las bolsas de empleo sanitarias cuando rechazas una oferta pública de trabajo.

Mapa de las sanciones, por comunidades autónomas, cuando un sanitario rechaza una oferta de trabajo


Comunidad autónoma con las sanciones más laxas


Tal como explican desde la organización sindical, Andalucía es una de las comunidades autónomas que contempla sanciones más laxas, pues las adapta a varias situaciones concretas. En el caso de que la persona no se encuentre disponible o no sean capaces de comunicarse con ella dos veces seguidas, se aplica una multa de seis días. Si se renuncia una vinculación de larga duración, la sanción es de 30 días y si, la renuncia es una mejora de contrato, asciende a 180 días. Por último, si la renuncia es sobre un contrato ya iniciado, esta penalización es de 90 días.

En el caso de las Islas Baleares, la sanción por rechazar una oferta de empleo de la bolsa oscila entre los nueve y los 12 meses de impedimento de acceso a la bolsa.  En la Comunidad de Madrid esta sanción se sitúa en un año completo.

Castilla la Mancha es una de las comunidades que tienen sanciones más elevadas. En este caso se establece en una multa de 15 meses si la renuncia del trabajo es antes de comenzar en este, y 18 meses si la renuncia llega con el contrato de trabajo ya iniciado.
Navarra es uno de los territorios con normas más laxas. En este caso, los sanitarios pueden renunciar hasta dos ofertas sin penalización. En el caso de rechazar una tercera, se aplica una sanción de dos años, aunque no se deja inactiva a la persona, sino que se la pasa al último puesto de la lista. En el caso de las Islas Canarias, el rechazo de una primera oferta de empleo supone un año de exclusión de la lista; el de una segunda, la exclusión total de la bolsa.

Aragón contempla diferentes sanciones si se habla de personal facultativo y otros sanitarios. Los primeros tienen una sanción de pasar al último puesto de la lista si rechazan una oferta; el resto de categorías se enfrentan a un año sin recibir ofertas. Si hablamos de Castilla y León, la no aceptación de un nombramiento conlleva seis meses de sanción en el estado “no disponible”.


Diferencia según la razón de rechazo


Asturias contempla las sanciones según el motivo de rechazo de la oferta. Si es un caso de motivos leves, la suspensión que conlleva es de dos meses. En el caso de motivo graves, es de cuatro meses y, en motivos muy graves, una suspensión de 24 meses o una suspensión definitiva.

Cataluña contempla, con el rechazo de una oferta, la suspensión de la bolsa de empleo hasta la siguiente baremación de méritos. Estas baremaciones se hacen cada dos años y, si el rechazo de la oferta está muy cerca de la siguiente baremación, la multa de cambia por una suspensión de seis meses de la bolsa. En Valencia, hasta el rechazo de una oferta por tercera vez no se aplica sanción. Una vez llegado esa tercera negativa, se suspende al candidato por un tiempo no superior a un año. En el caso de rechazar una cuarta oferta, la desactiva al sanitario de la bolsa durante dos años.

En Extremadura, la sanción por rechazar una oferta es la exclusión de la bolsa hasta el siguiente baremo, que en el caso de esta comunidad autónoma es anual. En Cantabria, cuando la renuncia es sobre un nombramiento de sustitución, se excluye al sanitario un año de la bolsa. En el caso de que sea una renuncia a un nombramiento por vacante, la exclusión se eleva a dos años.


Rechazo de una oferta de corta duración


En Murcia hay diferentes tiempos de sanción según el tipo de rechazo. Por ejemplo, si se da negativa a una oferta de corta duración, es decir de tres días, la sanción que se aplica es de un mes. En el caso de una oferta de larga duración, el rechazo conlleva sanción de varios meses. Si la oferta es de interino, la sanción es de un año. Además, cuando hay un segundo rechazo la comunidad incrementa el tiempo de sanción en un 50 por ciento; en el caso de una tercera renuncia, se incrementa en un cien por cien.

Por último, en el Ingesa, que corresponde a la gestión de la sanidad de Ceuta y Melilla, y que recae directamente en el Ministerio de Sanidad pauta, que, si se rechaza una oferta, esto conlleva una exclusión de seis meses a ser llamado para un nuevo empleo. En el caso de un segundo rechazo, aumenta a un año de sanción.

Desde CCOO no aportan datos respecto a la situación de Galicia, País Vasco y La Rioja. Según ha podido consultado, en el caso de la primera comunidad autónoma, la penalización por el rechazo de un empleo sería de un año, aunque en la página web de la Xunta de Galicia indican que la sanción "está reducida a seis meses durante el año 2023". Si hablamos de La Rioja, el rechazo de una oferta sin justificación conlleva baja de un año de las listas. 

En País Vasco, si se rechaza una oferta una vez ya se ha aceptado, o si no se reincorpora tras una baja de maternidad o un permiso de ausencia, se aplica la categoría de no disponible durante un año. La sanción será de nueve meses en caso de que no se haya aceptado tres ofertas en días diferentes en un mes (30 días naturales) realizadas para la misma bolsa.
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