Los hechos ocurrieron entre 2011 y 2015.
La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a
3 años y 8 meses de prisión a una enfermera que trabajaba en el centro de salud Manuel Encinas por
espiar el historial clínico de los pacientes del Servicio Extremeño de Salud (SES) sin autorización previa y sin motivos sanitarios que lo justifiquen.
La Justicia ha dictaminado también que esta profesional deberá pagar
una multa de 4.320 euros e indemnizar con otros 3.000 euros a las dos personas a las que curioseó su historial (entre ellos, su exyerno), además de enfrentarse a
10 años de inhabilitación que, en su caso, no le afecta al estar ya jubilada, tal y como publica
el diario regional Hoy.
Revisó el historial clínico más de 100 veces
En la sentencia se indica que, debido a su condición de enfermera de Atención Primaria, tenía acceso a buena parte de la historia clínica de ambos pacientes. Una circunstancia que
aprovechó para mirar hasta 108 veces sus datos del que fuera su yerno entre los años 2011 y 2015, y otras 107 veces la actual pareja de éste.
Según añade este diario, “el hombre sospechó del comportamiento de su antigua suegra cuando un tribunal estaba regulando el régimen de visitas de los dos hijos menores que había tenido con su exmujer. La abogada de ella le preguntó si era cierto que le habían derivado de una unidad de Salud Mental al Centro de Drogodependencia de Extremadura (Cedex), hecho que estaba reflejado en el historial clínico”. Ante esta circunstancia, el afectado investigó si la ahora condenada había entrado en su historial médico y descubrió que sí, ya que
para acceder al sistema informático del SES hay que identificarse previamente.
¿El motivo? “Estar obsesionada por la seguridad de sus nietos”
La enfermera ha sido condenada por haber cometido un delito de descubrimiento y revelación de secretos, unos hechos que reconoció en el juicio, pero alegando que “estaba obsesionada por la seguridad de sus nietos, ya que el padre se los llevaba por carretera y podían tener una accidente”, indica este medio de comunicación. Asimismo, declaró que,
“debido a esa continua preocupación, llegó a sufrir un estado de estrés emocional que le afectó incluso a nivel laboral”.
Sin embargo, la Justicia dictamina que los datos a los que accedió son “sensibles” y “toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de aquellas informaciones referentes a su salud y a que nadie pueda acceder a ellas sin previa autorización amparada por la ley, formando parte de su derecho a la intimidad”. De todas formas, también se indica que no se ha podido acreditar que ella hubiera trasladado la información obtenida “a terceros o hubiera hecho uso de la misma de cualquier forma”, indica esta misma fuente.
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