El alto tribunal considera que "no basta" con la firma de un solo representante sindical y desestima el recurso

El Supremo declara nulo el XXV Convenio Estatal de Oficinas de Farmacias


20 may. 2021 18:10H
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POR IVÁN FERNÁNDEZ
El Tribunal Supremo ha anulado el XXV Convenio Estatal de Oficinas de Farmacias aprobado el día 13 de enero de 2017, ratificando así la sentencia de la Audiencia Nacional del año 2019, que estimó una demanda de oficio promovida por el sindicato de Comisiones Obreras y presentada por la Dirección General de Trabajo, entidad que no publicó el convenio y elevó la pertinente impugnación a la Audiencia Nacional, en base a la falta de representatividad suficiente del sindicato firmante (UGT) para suscribir un convenio de eficacia general.

Este convenio, cuya resolución se ha dilatado 4 años ante el recurso de casación interpuesto por la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (Fefe), afectaba a 70.000 personas trabajadoras que prestan sus servicios en 17.500 Oficinas de Farmacia a lo largo del país.

Según dictamina la sentencia, “no basta” con que UGT concurriera a la mesa negociadora sino que debían haber estado todas. UGT, representaba 13 de los 28 representantes sindicales.

-Accede aquí a la sentencia completa- 

"Las protestas sobre bloqueo de la negociación por parte de fuerzas minoritarias o sobre su eventual abuso de derecho son inocuas a los efectos del motivo de recurso. Es un dato objetivo que el sindicato firmante del convenio examinado carece de la representatividad exigida por el artículo 88.2 del Estatuto de Trabajadores", reza la sentencia. 

Desde CCOO celebran su anulación ya que les permitirá la negociación de un nuevo convenio “de eficacia general” que mejore las “condiciones laborales y salarias de este sector”.
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