Una resolución judicial indica que esta práctica vulnera lo dictado por la Constitución

Sentencia: un médico adjunto no puede ocupar un puesto MIR en una huelga
Juzgados de lo Social, en Madrid.


27 feb. 2019 11:50H
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La Justicia ha condenado a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid porque el Hospital 12 de Octubre designó a médicos especialistas para cubrir los puestos de guardia de residentes durante la huelga de noviembre y diciembre de 2018. La Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts) interpuso la demanda por “vulneración de derechos fundamentales”.

Lo que la asesoría jurídica de Amyts entendió era un “esquirolaje interno que pretendía dejar sin efecto el masivo seguimiento de la huelga y ha sido así considerado por el Juzgado de lo social nº 26 de Madrid”.

La sentencia condena a la Consejería de Sanidad a la indemnización por un importe de 600 euros.

“Que la conducta de la demandada consistente en la modificación e incremento de los turnos de guardia de los Servicios de Neumología, Cardiología y Digestivo entre el 30 de noviembre y el 7 de diciembre de 2018, vulneró el art. 28.1 de la –Constitución Española en la huelga convocada por Asociación de Médicos y titulados Superiores de Madrid, declarando además su nulidad radical”, dice el fallo judicial.



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