Complejo Hospitalario de Mérida.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida ha condenado al
Servicio Extremeño de Salud (SES) a computar y valorar la
experiencia profesional obtenida y acreditada en
centros sanitarios privados por un profesional sanitario, de cara a la fase de concurso de méritos para obtener una
plaza de personal estatutario fijo.
Esta
sentencia reconoce así la experiencia del
Técnico Medio Sanitario de Cuidados Auxiliares de Enfermería en centros sanitario privado dentro del
baremo de méritos para concurso a una plaza fija en el sistema de salud. Una resolución que permite al profesional
tomar posesión de su puesto en el plazo de un mes tras la publicación de la resolución judicial, incorporándose a la Gerencia del Área de Salud a la que estaba
adscrita la plaza adjudicada.
La resolución parte del
proceso selectivo convocado el pasado 18 de septiembre de 2017 y 23 de febrero de 2018, reconoce ahora los méritos presentador por el sanitario, quien al sumar la nueva puntuación dispone de un total de 1,760 puntos en el subapartado relativo a
"servicios prestados en centros sanitarios privados como experiencia profesional".
La nueva puntuación ha permitido al profesional sanitario incorporar 17,260 puntos en el apartado de experiencia profesional, obteniendo así
un total de 25,613 puntos en la fase de concurso, que unidos a los 62,000 puntos otorgados en la fase de oposición suman un total de 87,613 puntos en el proceso selectivo y le otorgarían la
plaza fija.
¿Cuáles son los criterios de baremación en el SES?
Los criterios de baremación en el Servicio Extremeño de Salud contemplan la experiencia profesional desarrollada en la misma
categoría y especialidad tanto en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema Nacional de Salud como en centros o instituciones sanitarias privadas nacionales.
Cabe destacar que, siguiendo los criterios del
pacto suscrito entre el SES y las organizaciones sindicales el pasado 2013, para sumar los puntos de experiencia en los servicios en
centros privados nacionales estos deben estar autorizados e inscritos en el registro general de centros, establecimientos y servicios sanitarios del estado. Esta puntuación solo se contempla para la experiencia en la misma especialidad y categoría. En este caso, la puntuación se valora con
0,10 puntos por mes trabajado, con una suma de 0,0033 puntos por día en el caso de las jornadas restantes que no sumen un mes.
Asimismo, la normativa expone que la experiencia en los centros privados debe ser
acreditada por el propio aspirante mediante el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y el contrato de trabajo, certificación de la empresa así como nóminas o cualquier documentación válida en derecho que acredite de forma fehaciente los servicios prestados.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.