Exteriores del Hospital Reina Sofía de Córdoba, donde fue ingresada la mujer.
El Fiscalía ha pedido
seis meses de prisión y dos años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión para J.J.R.J., el
médico naturista de Jaén implicado en el caso de la mujer de 58 años que, en octubre de 2018, tuvo que ser
ingresada en la UCI tras someterla a un tratamiento de punciones en el esternón para la
extracción de células madre.
En su propia página web, el médico ofrece servicios como
Medicina naturista, Homeopatía, Acupuntura, Medicina bioenergética, Hidrocolonterapia con ozono, Hipertermia de Von Ardenne, Diatermia capacitativa, Medicina estética, Neuralterapia, Terapia con ventosas, Terapia de quelación o Diagnóstico por microscopía de campo oscuro; entre otras.
Presunto delito de lesiones por imprudencia grave
En el escrito de calificación provisional de Fiscalía al que ha tenido acceso
Europa Press y en el que se le acusa de un
presunto delito de lesiones por imprudencia grave por imprudencia profesional, se establece que el acusado es "licenciado y doctor en medicina y cirugía y
no es especialista en hematología ni hemoterapia".
La víctima, según recoge Fiscalía, padece una
neoplasia mieloproliferativa crónica que se caracteriza por una alteración cuantitativa y cualitativa de las
plaquetas sanguíneas. En este contexto, el acusado, dueño de una clínica privada en Jaén capital, sometió a la mujer el 5 de octubre de 2018 a un tratamiento PRP (plasma rico en plaquetas).
"Firmó un consentimiento en el que no consta que le iban a practicar una punción esternal ni las complicaciones que pueden derivarse"
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Dicho tratamiento consistió en
tres punciones esternales con la finalidad de extraer sangre de la paciente, procesar el plasma y una vez tratado volverlo a introducir por vía intravenosa o local para regenerar tejidos u órganos".
Tratamiento sin evidencia científica
Una de estas punciones le provocó "un
taponamiento cardiaco traumático y neumomediastino anterior leve-moderado", esto llevó a que la mujer se desvaneciera y fuese trasladada al
Hospital de Jaén desde donde se derivó al
Hospital Reina Sofía de Córdoba. Añade el escrito que para solventar la situación hubo que practicar a la mujer "cirugía de emergencia", lo que la llevó a permanecer en la UCI durante seis días.
Resalta el escrito que la
punción esternal que le provocó el daño fue la realizada en el tercer espacio intercostal, una zona que "es evitada habitualmente por los médicos especialistas hematólogos, quienes hacen este tipo de punciones, por el
riesgo de que puedan producirse lesiones en órganos vitales".
Asimismo, recoge el escrito que la perjudicada "firmó un consentimiento en el que no consta que le iban a practicar una punción esternal ni las complicaciones que pueden derivarse". Es más, según indica el
Ministerio Público, el acusado dijo a la mujer que con el tratamiento que le iba a suministrar "
mejoraría la rinitis alérgica, la trombocitemia, la audición y agudeza visual".
También apunta el escrito que
"no existe evidencia científica" de que el tratamiento al que fue sometida la mujer sea beneficioso para la patología que presentaba. Como secuelas, a la perjudicada le ha quedado una cicatriz de 20 centímetros de longitud y un centímetro de ancho, lo que se considera un perjuicio estético moderado.
Expediente e indemnización
La Junta de Andalucía ha iniciado un
expediente sancionador que como medida preventiva acordó en febrero de este año la suspensión en la clínica del acusado de las actividades sanitarias de tratamiento consistente en PRP, enriquecido en factores de crecimiento y células madres autólogas, así como el uso de plasma autólogo y sus funciones.
En lo que respecta a la
indemnización, el Ministerio Fiscal recoge que
"la perjudicada ya ha sido indemnizada por sus lesiones", aunque no concreta la cantidad a la que ha ascendido la indemnización.
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