El documento aclara que los acuerdos adoptados a nivel estatal y la propia Instrucción autonómica valenciana
por lo que "el trato por parte de la Administración autonómica valenciana debió ser el exactamente mismo". Máxime cuando en la vacunación del primer grupo (residentes y personal sanitario en residencias de ancianos) no se distinguió entre aquellas residencias pertenecientes al sector público y las integradas por el sector privado.
La sentencia asegura que la Generalitat ha puesto "toda una una serie de
excusas" para justificar el hecho de que este personal "fuera relegado de manera manifiesta a la hora de recibir la vacuna" y a pesar de que su
vacunación "era factible", bien por la Administración o "remitiendo lotes de vacuna a los centros sanitarios privados (hospitales, mutuas, policlínicas, a los propios Colegios profesionales..)". De hecho, subraya que en la documentación aportada por los dirigentes no se incluyen las 'Instrucciones para la planificación de vacunación frente a Covid. Enero 2021'.
Al no estar vacunado, el personal sanitario privado tuvo que seguir trabajando "con grave riesgo para su integridad y su salud, debiendo atender a pacientes propios y también a pacientes derivados del sistema
sanitario público, sin saber si los mismos eran o no portadores del virus". Esta situación, según el colegio de Alicante, generó para el personal sanitario privado evidentes daños morales, ansiedad, frustración, etc...que, a ojos de la justicia, deberán estar indemnizados del mismo modo.
Posibilidad de recurso
Finalmente, la Administración terminó reconociendo la necesidad de vacunar a los sanitarios de la privada, pero según consta en el documento, "no se ha procedido a la vacunación, limitándose la Administración autonómica valenciana a determinar la previsión de vacunar a otros colectivos como la sanidad privada".
Un hecho remarcable para el Colegio Oficial de Médicos teniendo en cuenta que, antes de vacunar a los médicos de la privada ya se había permitido la vacunación de personal administrativo, alcaldes, o familiares de personal sanitario y administrativo no incluidos en esta primera fase de vacunación".
La Conselleria, según el fallo, también deerá hacerse responsable de las costas judiciales, hasta una cantidad máxima de
1500 euros, más IVA.