La justicia gallega sentencia que eximir de ese pago es discriminatorio en la profesión médica

Las MIR tienen derecho a cobrar las guardias durante una baja maternal
Exteriores de los juzgados de Orense.


14 jul. 2017 16:10H
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POR JESÚS ARROYO
La justicia gallega ha dado la razón a una MIR que reclamaba al Servicio Gallego de Salud el pago de las guardias correspondientes al tiempo que estuvo de baja por maternidad y lactancia.

La sentencia se ha basado fundamentalmente en “el derecho de las trabajadoras que se hallan en estado de gestación, maternidad o de lactancia al mantenimiento de sus condiciones de trabajo y, en suma, a no sufrir un menoscabo que resulte en una lesión para el principio de igualdad y el derecho a la no discriminación”.

“No hay justificación a la denegación de la solicitud de la trabajadora de cobrar las guardias pues la compensación económica por guardias se integra en sus retribuciones como MIR al no ser servicios excepcionales o extraordinarios y es una parte importante del sueldo y si se priva de dicho concepto por ser madre, existe una discriminación por razón de sexo, que desincentiva la maternidad”, recoge el tribunal.

Así lo explica Fátima Buján a Redacción Médica, abogada de CESM-Galicia, que ha sido la encargada de llevar este caso. La abogada aclara que esta sentencia no es pionera porque existen “bastantes fallos, tanto en un sentido como en el otro”, pero esta, explica, da más fuerza a las futuras sentencias que intenten defender los derechos de las trabajadoras.

Buján señala que “tanto la MIR como una médica estatutaria tienen los mismos derechos cuando se refieren al cobro de guardias durante una baja maternal”. “La baja de maternidad rige la dignidad retributiva y por otro lado esta baja es una contingencia y no tienen nada que ver con una baja de trabajo por accidente o una enfermedad común”, explica.
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