Profesional cogiendo la mano de una persona mayor en una residencia.
29 sept. 2021 16:50H
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El Juzgado Social número 3 de Barcelona ha reconocido como “enfermedad profesional” el contagio en marzo de 2020 por Covid-19 de una trabajadora de un geriátrico, contra el criterio del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) y la mutua Mutual Cyclops. La demandante es una empleada de la residencia para ancianos Bertran i Oriola de Barcelona, gestionada en ese momento por la empresa Eulen, que estuvo de baja entre el 29 de marzo y el 1 de mayo de 2020 —durante lo peor de la pandemia— al haberle sido diagnosticada una “infección por coronavirus no especificada”.
Tanto el INSS como la mutua Mutual Cyclops se negaron a reconocer la infección como una contingencia profesional, si bien entre el 27 de marzo y el 1 de abril de ese año nueve trabajadores de este centro residencial causaron baja médica por infección de Covid-19.
Asimismo, en junio de ese mismo año, Inspección de Trabajo abrió un expediente sancionador a Eulen “por incumplimientos muy graves en materia de prevención y salud laboral, obligándola a suspender la prestación de servicios”, recuerdan el Col·lectiu Ronda de abogados y el sindicat Co.Bas, quienes han asesorado a la trabajadora demandante.
La sentencia del Juzgado Social número 3 de Barcelona subraya que el Cuadro de Enfermedades Profesionales, de 2006, ya contempla como riesgo laboral específico para los trabajadores de residencias y centros geriátricos, entre otros, la exposición a enfermedades causadas para agentes biológicos, entre los cuales se citan de forma explícita los virus de la familia del coronavirus, resume el Col·lectiu Ronda.
Para el juez, la baja “tiene relación directa con el trabajo” puesto que “la demandante trabajaba en un empleo con una clara exposición al coronavirus” y, además, la Generalitat acabó interviniendo en la residencia por la mala gestión llevada a cabo por la empresa.
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