Sede del TSJCyL.
11 ene. 2018 13:10H
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El TSJCyL ha dado la razón a 18 médicos interinos que han trabajado entre siete y ocho años para que sean reconocidos e indemnizados como si hubieran sido personal indefinido no fijo. La sentencia de la Sala contenciosa entiende que hay una situación de abuso a los efectos de reconocerles la indemnización que proceda.
La sentencia da la razón a los demandantes y recoge la jurisprudencia del tribunal de justicia de la Unión Europea que señala que "si se constata que hay una situación de abuso en la contratación temporal o interino, debe haber unas consecuencias".
Las contrataciones se remontan a los años 2007 y 2008 y después, según la sentencia, cada uno de los demandantes "ha ido encadenando distintos nombramientos temporales". El TSJCyL estima que "se ha acudido a la contratación temporal para satisfacer necesidades permanentes, manteniéndose esa situación en el tiempo de manera injustificada", y que por tanto "en origen cabe admitir que hubo una razón objetiva para acudir a ese nombramiento temporal, la misma desaparece con el paso del tiempo".
Las indemnizaciones marcadas son de 20 días por año de servicio con el límite de doce mensualidades, y estima en su totalidad el recurso de apelación interpuesto ante la gerencia de Salud. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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