La sentencia del TSXG obliga a este colegio a repetir los comicios de 2018 en un plazo máximo de dos meses

La Justicia gallega anula las elecciones de los farmacéuticos de Pontevedra
Exteriores del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.


20 abr. 2021 10:40H
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Pontevedra que anuló las elecciones a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Pontevedra celebradas en enero de 2018.

Así lo recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Redacción Médica, y que determina que deben repetirse estas elecciones en el plazo máximo de dos meses, una vez que la resolución sea firme. Tanto el Colegio de Farmacéuticos de Pontevedra, presidido por Alba Soutelo, como el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos tendrán que asumir las costas judiciales, al haber recurrido el primer fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra.

Textualmente el escrito considera que se permitió “que terceros transportasen en mano y depositasen presencialmente en las sedes colegiales sobres del voto por correo con base en unas instrucciones carentes de rango normativo y de aprobación oficial por el Colegio, vulnerando las reglas del fair play electoral”.

Además, añade que parte de esos dobles sobres fueron transportados y entregados “por cuenta de la cooperativa de farmacéuticos Cofano y no por el servicio postal de Correos, ni por entidades de mensajería equivalentes”.

A estas elecciones se presentaron tres candidatos y salió reelegida como presidenta Alba Soutelo, frente a José Luis Abril y Gerardo Santamarta. El Tribunal gallego resalta el carácter determinante en el resultado de los 492 votos por correo, frente a los 265 votos presenciales.

Irregularidades


El tribunal gallego insiste en que “el servicio postal universal solo puede prestarlo Correos. No se puede considerar transparente ni conforme a las normas que rigen las garantías del proceso electoral que se utilice una empresa que no cumple los requisitos legales para prestar este tipo de servicio y cuyos gerentes se presentan a las elecciones”. Por tanto, el transporte no fue realizado por “una empresa de mensajería oficial, y ello aunque no se haya dirigido prueba a acreditar que se hubieran manipulado los votos·”.

Según la normativa aprobada para estas elecciones, el voto por correo debía realizarse a través de correo postal certificado, mensajería con acuse de recibo o presencialmente en las sedes del colegio, pero el tribunal considera que las empresas utilizadas para estos comicios no cumplen con estas exigencias normativas y, por tanto, con la necesaria transparencia en un proceso electoral.

Este fallo del tribunal superior gallego se produce justo antes de las próximas elecciones al Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos del próximo 5 de mayo. En este caso se presentan dos candidaturas: Jesús Aguilar, actual presidente en funciones, y Sergio Marco.
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