La sede de la Audiencia Nacional.
La Audiencia Nacional
ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la
Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL) para desestimar la OPE Nacional de Sanidad. El organismo, que representa a 3.000 trabajadores, solicitó a la Justicia que estableciera medidas cautelares contra el pacto entre sindicatos y el Gobierno central en el que aprobaron la
Oferta Pública de Empleo (OPE) 2017.
El colectivo en cuestión había pedido la paralización de la OPE y las convocatorias ligadas a su aprobación, ya que no tendrían en cuenta, a juicio de ANIL, que m
uchos de los interinos llevan en esos puestos más de tres años, lo que conlleva un reconocimiento de derechos laborales negado hasta ahora por administración y sindicatos.
La decisión de la Audiencia llega después de que el Tribunal Supremo admitiera la causa presentada por la asociación y los s
indicatos mayoritarios presentaran su correspondiente recurso.
Las razones que se argumentan en la sentencia estipulan que es "correspondiente denegar la medida cautelar" por la aplicación del 'fumus boni iuris' que es una medida legal por la que
se entiende la existencia de indicios de verosimilitud de las pretensiones de la parte que la solicita.
Además, justicia estima que no concurren los presupuestos necesarios para acceder a la suspensión interesada, pues si se aprecia claramente la existencia de 'periculum in mora' y
no hay elementos de convicción de entidad bastante como para dilucidar que la apariencia de buen derecho está del lado de la parte actora.
Esta argumentación por base de la Audiencia Nacional responde a la petición de que
existe un riesgo para la efectividad del proceso, en este caso la convocatoria de la OPE, si no se adopta una resolución judicial que acuerde las medidas solicitadas.
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