Redacción. Madrid
La Abogacía del Estado asegura que los precios de referencia sirven para determinar el precio máximo de financiación pública de un medicamento, pero también advierte de que no es un sistema para sustituir un fármaco por otro, “exista o no una presentación una presentación farmacéutica alternativa efectivamente comercializada”.
El representante del Ministerio de Justicia aborda esta cuestión en informe elaborado por José Manuel Blanque Avilés y Fernando Fernández de Trocóniz Marcos en 2011, a partir de una sentencia del Tribunal Supremo.
En dicho documento, al que ha tenido acceso Redacción Médica, también se hace hincapié en que “para la formación de conjunto y determinación del precio de referencia basta que exista un medicamento genérico, del medicamento de referencia, que esté financiado por el Sistema Nacional de Salud”.
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Acceda al informe de la Abogacía del Estado.
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