Redacción. Sevilla
El juzgado de lo Contencioso número 4 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 50.000 euros a un paciente de 72 años al que se le tuvo que amputar la pierna después del "inadecuado" seguimiento que tuvo de una úlcera por presión en el tobillo derecho.
Los hechos se remontan al 12 de diciembre de 2009, cuando el hombre sufrió un accidente cerebro-vascular y fue ingresado en el hospital. A los pocos días de su ingreso le apareció la úlcera por presión en el tobillo, solo constan documentados veinte días de hospitalización, ya que se ordenó el seguimiento a través de un ambulatorio de la localidad de Cabra.
En la sentencia, el juez entiende que existió un "inadecuado seguimiento" de la úlcera que tenía el paciente, lo que unido a causas "coadyuvantes" conllevó la gangrena de la pierna "y por ende que hubiera que amputársela", por lo que estima la existencia de responsabilidad patrimonial de la administración demandada.
El seguimiento que se le hizo, unido a que no se realizó un cultivo, "cuando lógicamente cabría sospechar la existencia de infección con anterioridad", y que no se la pautó antibiótico en el momento adecuado, "coadyuvó a la aparición de la gangrena".