19 may. 2015 16:14H
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Ricardo Martínez Platel. Madrid
El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación interpuesto por una paciente por responsabilidad patrimonial por la lesión sufrida como consecuencia de la intervención de cirugía maxilofacial a la que fue sometida.
Según recoge el texto judicial, la paciente fue informada de la intervención a la que iba a ser sometida y firmó el correspondiente consentimiento informado y argumenta que padece una afectación lingual que no se puede atribuir a la mala praxis médica, sino a una reacción anormal de los de cada persona.
La lesión del nervio sensitivo constituía un riesgo imprevisible de la operación, no puede ser tenida en cuenta como daño desproporcionado y no queda demostrado que se deba a falta de pericia del cirujano. La sentencia recoge que “la obligación de recabar el CI de palabra y por escrito obliga a entender que, de haberse cumplido la obligación, la Administración podría haber demostrado la existencia de esa información”.
El principio general de la carga de la prueba sufre una excepción en los casos que trata hechos que fácilmente pueden ser probados por la Administración. Aun respetando la inversión de la prueba que la Sala estima procedente cuando la información no se ha realizado por escrito, se advierte que hay que decantarse por la versión del médico que practicó la intervención en contra de la falta de información alegada, pues se hace constar en la ficha del expediente que se le explicó a la paciente la irreversibilidad de la intervención y riesgos.
Esta circunstancia supone una proclamación de la existencia de un resultado probatorio y suficiente para considerar levantada por la Administración la carga de la prueba que en este supuesto le corresponde.
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