Exteriores del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
10 dic. 2017 17:00H
SE LEE EN 2 minutos
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado la sanción a una auxiliar de enfermería por negarse a realizar un trámite para un paciente menor de edad en estado crítico, alegando que no era la función que tenía asignada aquel día.
Los hechos tuvieron lugar en julio de 2013 en urgencias pediátricas del Hospital Universitario Son Espases. El niño, de 7 años, llegó con una disección completa de la femoral, es decir, una importante hemorragia con riesgo vital. Se le calificó como paciente crítico. El personal de urgencias pidió a la auxiliar de enfermería que realizara el triaje, un trámite que consiste en seleccionar y clasificar al paciente.
Según varios testigos, ella se negó a hacerlo porque no tenía asignada esa función aquel día, sino que correspondía a otra enfermera, que en aquel momento se encontraba taponando la herida del menor para detener la hemorragia.
La auxiliar sancionada aseguró que no se había negado y que en cualquier caso fue a hacerlo en un primer momento pero no pudo al no estar los datos en el ordenador, una versión que contradicen testigos presenciales.
Ahora, los magistrados del TSJIB avalan la resolución sancionadora y en su sentencia apuntan que la conducta de la auxiliar "no sólo implica incumplimiento de las más elementales reglas de funcionamiento adecuado y correcto del servicio sanitario, sino que escapa de la lógica y del sentido común, ante la situación de urgencia extrema de atención sanitaria que precisaba un niño de corta edad aquejado de una hemorragia con riesgo vital".
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.