Exteriores del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
12 nov. 2018 13:10H
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la sanción que la Agencia de Competencia impuso al Colegio de Dentistas de Sevilla por, supuestamente, restringir a los pacientes la elección de protésico dental. La sentencia ya es firme, puesto que la letrada de la Junta de Andalucía ha entregado un escrito desistiendo del recurso de casación que había presentado.
De esta forma, la Administración deberá devolver a la Organización Colegial Sevillana el importe de la sanción que abonó en su momento y que asciende a 54.068 euros.
Cabe recordar que el origen de este procedimiento obedece a una denuncia interpuesta por el Colegio de Protésicos de Andalucía contra el Colegio de Dentistas de Sevilla. El 14 de junio de 2015, la Agencia de la Competencia multó con 54.068 euros a la Organización Colegial Sevillana, resolución contra la que se presentó un recurso contencioso administrativo por considerar que no se ajustaba a derecho.
Sentencia firme
En marzo de 2018, el TSJA estimaba íntegramente dicho recurso y anulaba la sanción al Colegio de Dentistas de Sevilla, aunque cabía la posibilidad de recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, tal y como sucedió. Finalmente, se ha archivado este recurso tras haberse desistido del mismo la letrada de la Junta de Andalucía, por lo que la sentencia que anula la sanción a la Organización Colegial Sevillana ya es firme.
En un comunicado, Óscar Castro Reino, presidente del Consejo General de Dentistas de España, se muestra "satisfecho" por la sentencia y "felicita" al Departamento Jurídico del Colegio de Dentistas de Sevilla por su actuación en este caso.
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