Al tratarse de una patología crónica de secuelas graves, la doctora que le atendió recomendó la cobertura del gasto



20 ene. 2015 12:36H
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Redacción. Bilbao
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) obliga a financiar un medicamento excluido para tratar la sequedad ocular incapacitante ocasionada por el síndrome Lyell que padece una paciente, que debe suministrarse lágrimas artificiales cada dos minutos, lo que eleva el coste de su tratamiento a 300 euros mensuales.

Con esta decisión, el alto tribunal estima el recurso de suplicación de la afectada contra una sentencia anterior, dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de Bilbao, y revoca la resolución que rechazaba la demanda por considerar que el medicamento, 'Viscofreh 0,5' no está incluido en la resolución de la Dirección General Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, y aunque sí se autoriza para el síndrome Sjogrën, no para el que padece la demandante.

La joven sufre un "síndrome seco severo bilateral secundario a la enfermedad de Lyell, con sintomatología de sequedad ocular incapacitante, que le ha ocasionado múltiples queratitis y úlceras corneales", con un síntoma, "al menos tan grave" como el del Síndrome de Sjogrën severo y "mucho más grave" que el del Síndrome de Sjogrën leve. Por ello, al tratarse de "un patología crónica" de secuelas "graves", la doctora que le atendió en 2012, recomendó la cobertura del gasto médico.

En su sentencia asegura que la actuación jurídica "no consiste en una aplicación mimética o tautológica de la norma", sino que "requiere la intervención de los actores jurídicos para establecer un caleidoscopio de interpretación, de manera que la llamada unidimensionalidad sea excluida de la interpretación y aplicación normativa". Indica que, en este caso, se acredita "igual situación de la demandante" que el colectivo afectado por el síndrome Sjogren, y también conlleva la necesidad de un tratamiento "permanente, grave y equiparable".
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