Exteriores del Tribunal Supremo.
11 mar. 2023 11:50H
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El Tribunal Supremo, en una providencia de 9 de marzo de 2023, inadmite el recurso extraordinario interpuesto por el candidato que perdió las elecciones celebradas en el Colegio de Dentistas de Sevilla en el año 2019, Rafael Martínez de Fuentes, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaró la validez del resultado del proceso electoral en el que venció Luis Cáceres. Contra esta resolución no cabe recurso, siendo firme, tal y como subraya la nota de prensa del Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla.
La providencia dicta que “la inadmisión del recurso se acuerda por no ser relevante y determinante del fallo ninguna de las infracciones denunciadas” por Rafael Martínez de Fuentes, sin que el recurso de casación se pueda fundar en una cita meramente instrumental de preceptos de la Constitución y de legislación estatal, condenándole por ello a las costas causadas por el recurso.
La sentencia del TSJA, recurrida ante el Tribunal Supremo y que ahora se ha inadmitido, ya consideró no demostrada ninguna irregularidad en el voto por correo durante el proceso electoral en el que la candidatura de Luis Cáceres venció a la de Rafael Martínez de Fuentes, desarrollándose el proceso conforme a lo establecido en los estatutos del Colegio y los acuerdos de la mesa electoral.
El mismo candidato Rafael Martínez de Fuentes ha vuelto a impugnar recientemente, ante el Consejo Andaluz de Dentistas, el resultado de las nuevas elecciones celebradas el pasado mes de diciembre de 2022 en las que de nuevo optó al cargo de presidente, resultando de nuevo vencido por la otra candidatura que encabezaba Rafael Flores, quien es desde esa fecha nuevo presidente el Colegio de Dentistas de Sevilla, sustituyendo a Luis Cáceres.
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