Momentos previos al inicio de un proceso selectivo.
Han pasado
ocho años desde que
Visitación se presentó a la
Oferta Pública de Empleo (OPE) para ingresar por el sistema general de acceso libre en el
Cuerpo de Médicos Titulares. Sin embargo, si quiere quedarse con la plaza
deberá repetir la cuarta prueba de la oposición, la
defensa del caso práctico. Así lo ha dictaminado en una
sentencia el Tribunal Supremo.
Visitación había sido declarada '
no apta' en la OPE de 2011 por esta prueba, consistente en un un
supuesto caso práctico propuesto por el tribunal sobre materias del programa a resolver en hora y media. Se leería en público y al término de la lectura el tribunal podría preguntar durante quince minutos.
Esta facultativa fue
una de las 12 aspirantes que llegó hasta la última prueba. Tras la ejecución de la misma, fue calificada como
'no apta', algo que la aspirante denunció ya que no se "
razonó el porqué de esa calificación ni constó en las valoraciones que dieron los miembros de tribunal calificador".
Dos aspirantes readmitidas en sus plazas
Antes del fallo del Supremo, la Audiencia Nacional había decidido anular la resolución de la OPE
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Por otra parte, esta médico denunció que dos aspirantes consideradas 'aptas' arrojaban "una
puntuación inferior a cinco puntos (4,80 y 4,90 respectivamente) y que solamente tras su transformación por la aplicación de la
nota de corte fijada con posterioridad a la realización del ejercicio, la cual no consta en actas ni estaba prevista en las bases, lograban una puntuación superior a ese mínimo".
Por esta razón, la
Audiencia Nacional estimó parcialmente el recurso de Visitación y
anuló la resolución donde se determinaban los aspirantes aptos. Esto llevó a las dos aspirantes a
interponer un recurso de casación que ha llegado finalmente al Tribunal Supremo.
Este ha fallado aceptando que las OPE de las dos aspirantes sean
consideradas válidas, por lo que
han vuelto a conseguir su plaza, y ha
estimado parcialmente la reclamación de Visitación. Esta facultativo deberá repetir el cuarto ejercicio de la OPE y, tras el mimso, el tribunal calificador deberá puntuarla y exponer las razones concretas de la puntuación que se le asigne.
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