Dos compañeros enviaron una carta en la que señalaban “la progresiva dejación de las obligaciones clínico-sanitarias” de un facultativo



14 jul. 2014 12:32H
SE LEE EN 2 minutos
Ricardo Martínez Platel. Madrid
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de dos facultativos, contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya, pues frente a la posible intromisión en el derecho de honor del demandante prevalece la libertad de expresión e información de los médicos que, a través de una carta, hicieron una serie de aseveraciones en las que cuestionaban la conducta de otro compañero.

Tribunal Supremo.

Los demandados, que son médicos adjuntos de la Unidad de Infecciosos, de la que era jefe el demandante, suscribieron una carta dirigida a personas, organismos oficiales y ONGs dedicadas al cuidado de enfermos de sida en la que señalaban que “venía haciendo una progresiva dejación de sus obligaciones clínico-sanitarias hasta el completo abandono de las mismas”.

El alto tribunal recoge en su sentencia que frente a la ponderación entre la libertad de información y expresión y el derecho al honor comporta la existencia de límites para la primera, pero también para el segundo, con la prevalencia del deber de información, dado su objeto o puesta en conocimiento de hechos, exige que la información cumpla el requisito de veracidad, a diferencia de lo que ocurre con la libertad de expresión, cuando se empleen frases ultrajantes u ofensivas.

En este caso, la denuncia administrativa no consta que fuera falsa ni que hubiera sido ideada expresamente para desprestigiar al demandante y no implica, por sí misma, un ataque a su honor. Así, sirve tan sólo de medio para poner en conocimiento de los organismos competentes la solución de un conflicto de larga duración, a cuyas consecuencias estaban expuestos los denunciantes. 

Además,  recoge ciertas actitudes y actuaciones del jefe del servicio, que lejos de encontrar solución se iban agravando, como se constata con la documentación incorporada a los autos,” especialmente referida a actuaciones jurisdiccionales de toda índole, y a la amenaza de otras nuevas, con evidente perjuicio no solo a los profesionales sino a los pacientes”, según recoge el texto judicial.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.