Julián Ezquerra, secretario general de Amyts, Sheila Justo, vocal de médicos jóvenes y MIR de Amyts, y Julián Araúz, abogado.
El abogado de los dos casos de interinos que han llegado hasta el
Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE),
Javier Araúz, ha presentado este miércoles su análisis de las conclusiones de la abogada alemana, Juliane Kokott, sobre la situación de los
interinos en el sector público, principalmente en el marco sanitario, donde la interenidad es una tónica habitual.
Según ha explicado Araúz en la sede de
Amyts, la abogada Kokott afirma en su escrito que “se acabó con el despido libre y gratuito, pues, como sanción a las administraciones, el empleado temporal tiene derecho bien a la transformación de su relación temporal en una fija, o bien a una indemnización disuasoria y completa, que necesariamente
debe ir acompañada de otros mecanismos sancionadores efectivos y disuasorios”.
A juicio del jurista, la abogada del TJUE señala que “la mejor solución para los interinos y trabajadores temporales es transformarlos en trabajadores fijos. De lo contrario, de haber una una compensación económica lastraría financieramente a las Administraciones”. Un lastre financiero que, según el abogado,
“se desprendería de compensar a los más de 800.000 interinos afectados”.
"Según el informe de la abogada general, los procesos de estabilización y las OPEs no son una medida sancionadora"
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Por ello, prosigue Araúz, “la propia abogada del TJUE señala que la mejor solución para estos trabajadores sería transformarlos en personal fijo".
“Según el informe de la abogada general, los procesos de estabilización y las OPEs no son una medida sancionadora y por tanto, que estos procedimientos deben de ir precedidos de un régimen de sanciones para garantizar la compensación de los empleados públicos temporales y reprimir estos comportamientos abusivos y fraudulentos de las administraciones empleadoras”, afirma.
Medidas disuasorias
Javier Araúz subraya que
“en caso de abuso en la contratación temporal sucesiva es indispensable la sanción y estas sanciones solo pueden consistir en la transformación de la relación temporal en una relación fija o en una indemnización. Ahora bien, para que la indemnización pueda ser acorde a la directiva europea, por un lado, debe de ser completa y disuasoria, y por otro debe ir acompañada de un mecanismo de sanciones efectivo y disuasorio, sin que esta pueda consistir en mantener al empleado publico en régimen de precariedad”.
Pese a todo lo expuesto por el abogado, su homóloga alemana expone literalmente en su escrito que la legislación europea “no se opone a la jurisprudencia española conforme a la cual el uso abusivo de sucesivos nombramientos temporales” en el sector público
“no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación fija”.
Las conclusiones de la
Abogada General del TJUE, sin embargo, no son vinculantes de cara a la futura sentencia del tribunal de Luxemburgo, aunque en la mayoría de los casos el fallo definitivo suele seguir la dirección marcada por los abogados generales.
Casos representados
El letrado representa a dos interinos que denunciaron su situación en dos juzgados de Madrid. Se trata de un informático que, después de trabajar durante 17 años para el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) como interino con contratos sucesivos renovados, pidió que se reconociera la condición de empleado público fijo, pero se le fue denegada.
El segundo asunto también involucra a varios trabajadores del
Sermas que eran personal estatutario interino, en este caso en la categoría de Facultativos Especialistas Odontólogos. Estos empleados ocuparon puestos de sustitución, eventual e interinidad con contratos temporales durante periodos entre los 12 y los 17 años. También reclamaron a la Comunidad de Madrid que se les reconociera la condición de empleado público fijo, pero la solicitud fue desestimada.
Un instante durante la rueda de prensa.
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