Julio Sánchez Fierro da su visión jurídica de la función prescriptora médica y su dimensión ética y legal

"Hay protocolos que limitan la prescripción del médico y eso es ilegal"
Julio Sánchez Fierro.


18 oct. 2019 17:10H
SE LEE EN 3 minutos
El artículo 5 del Código Deontológico médico dice textualmente que “la principal lealtad del facultativo es la que debe a su paciente y la salud de éste debe anteponerse a cualquier otra conveniencia”. Y es precisamente este principio el que los protocolos de prescripción de muchos hospitales quieren violentar.

Julio Sánchez Fierro analiza la dimensión jurídica de la prescripción médica. 

Así lo señala Julio Sánchez Fierro, miembro de la Asociación Española de Derecho Sanitario, y que un año más ha vuelto a participar en el Congreso Nacional de Derecho Sanitario. Esta vez, Fierro ha dado su visión jurídica en la mesa debate organizada por MSD sobre la función prescriptora médica, desvelando que “hay protocolos que limitan la función prescriptora y eso es ilegal”.

“En muchos hospitales hay determinados protocolos de prescripción a los que el médico debe de ajustarse. El problema surge cuando dicho protocolo especifica con exactitud al médico que tiene que recetarle al paciente un medicamento concreto y no otro. Hasta un simple paracetamol puede provocar un problema, por el siempre hecho de que hay personas a los que le sientan mal, debido a determinadas intoleracias”, explica a Redacción Médica Julio Sánchez Fierro.

En tal caso, Fierro específica que “se deben de establecer protocolos que dejen a salvo el juicio clínico del médico. Otra cosa es que los protocolos se conviertan en una cartilla de racionamiento del SNS, entonces ahí ya tenemos un problema porque si el sistema incluye determinados medicamentos y luego a la hora de la verdad el procedimiento señala que no se pueden prescribir, estamos recortando los derechos de los pacientes y la función prescriptora”.

Nulidad de los protocolos 


Precisamente, el jurista recuerda que “sobre esta situación concreta ya hay sentencias de varios tribunales, donde se considera que cuando se impone una restricción sobre un medicamento incluido en la cartera básica de servicios a un médico en base a un protocolo o unas instrucciones, las mismas son nulas de pleno derecho”.


"Se está recortando los derechos de los pacientes y la función prescriptora"


“Lo lógico es que estas guías tengan además unos mecanismos de comunicación ágiles con las gerencias por si el médico tiene problemas a la hora de prescribir un determinado medicamento, y resolver así el problema. Y es que no se trata de incumplir sistemáticamente los protocolos, pero sí se necesita rapidez y agilidad para resolver los obstáculos burocráticos con los que se encuentra el médico a la hora de recetar, ya que este retraso puede repercutir negativamente en la salud del paciente”, detalla Sánchez Fierro. 

Pero, ¿qué sucede si el médico receta un medicamento siguiendo el protocolo a expensas de saber que es perjudicial para el paciente? Julio Sánchez Fierro lo tiene claro: “Recetar un medicamento a expensas de saber que es contrario al tratamiento del paciente va en contra del código deontológico. Pero en tal caso, si se demuestra que ha habido aspectos contrarios a la salud del paciente, se puede incurrir legalmente contra el médico atribuyéndole responsabilidad civil, penal, administrativa y deontológica. A veces esta situación se comenta como una hipótesis de trabajo pero es una situación muy seria que hay que tener en cuenta”.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.