¿Se puede dormir durante una guardia médica de 24 horas?


Las guardias médicas tienen una duración de 24 horas, extendiéndose así el horario de la jornada laboral habitual del profesional sanitario. Durante este periodo de tiempo, el facultativo tiene la posibilidad de dormir y desde los propios centros hospitalarios disponen de habitaciones para el descanso. Sin embargo, la posibilidad de que el médico pueda dormir más o menos tiempo depende de la carga de trabajo que haya durante esas horas de jornada y del equipo que le complemente. Además, es necesario que esté totalmente localizable para poder atender cualquier urgencia.

La Orden de 9 de diciembre de 1977 por la que se desarrolla el Real Decreto 3110/1977, de 28 de noviembre, es la que regula los turnos de guardia y localización del personal facultativo. En este documento se habla de "las necesidades del servicio como potestad no necesitada pues de motivación y como única norma para fijar la jornada laboral del personal facultativo sometido al Estatuto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social". Así, en el Artículo 1 de la orden se especifican las horas de la jornada, características de las mismas y los profesionales que deben realizarlas.

¿Que consecuencias tiene para la salud una guardia médica?


A día de hoy existen multitud de estudios que ponen de manifiesto las consecuencias de no dormir para la salud del facultativo. Por ejemplo, en el informe 'Influencia de los turnos de trabajo y las guardias nocturnas en la aparición del Síndrome de Burnout en médicos y enfermeras' publicado en Medicina y Seguridad del trabajo se demuestra cómo la realización de estos turnos genera la aparición del síndrome de burnout, según diferentes encuestas realizadas a facultativos de hospitales públicos españoles. 

A su vez, en este mismo informe se identifica el peligro que tienen estas jornadas a la hora de finalizarlas y coger el coche. "Existe una tasa mayor de accidentes automovilísticos en aquellos médicos que trabajan 24 horas o más", detallan. Los médicos residentes que trabajan 24 horas o más tenían 2,3 veces más probabilidades de sufrir un accidente automovilístico después de su jornada en comparación con los que trabajaron menos de 24 horas, con un riesgo mensual de un accidente mayor en un 16,2 por ciento.

Otros estudios aseguran que los profesionales que realizan largas jornadas de trabajo sin descansar cometen más errores, sobre todo aquellos que están asociados con la memoria.

¿Qué dice Medicina del Trabajo respecto al descanso en las guardias de 24 horas?


Desde la Sociedad Española de Medicina y Seguridad del Trabajo (SEMST) recomiendan que cada seis horas de trabajo, el profesional pueda descansar un mínimo de 20 minutos. Así, en una guardia de 24 horas el descanso se debería dividir en 15-20 minutos por la mañana, 20 minutos por la tarde para poder echarse una siesta y, por la noche, se tendría que hacer un turno que permitiera un descanso de como mínimo hora y media.

Además, estos periodos de descanso se regulan por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud en la que se especifica que en el caso de una guardia de 24 horas, "los periodos mínimos de descanso ininterrumpido deberán ser ampliables de acuerdo
con los resultados de los correspondientes procesos de negociación sindical en los servicios de salud y con la debida progresividad para hacerlos compatibles con las posibilidades de los servicios y unidades afectados por las mismas".
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