El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha declarado nulo el pacto suscrito el pasado 15 de febrero entre Metges de Catalunya (MC) y las patronales Unió Catalana d’Hospitals (UCH), Consorci de Salut i Social de Catalunya (CSC) y Associació Catalana d’Entitats de Salut (ACES). El acuerdo supuso la desconvocatoria de una huelga de cinco días a la que estaban llamados más de 10.000 facultativos de 53 hospitales de agudos, 86 equipos de atención primaria, 50 centros sociosanitarios y 25 centros de salud mental gestionados por las patronales y concertados con el Servei Català de la Salut (CatSalut).
El entendimiento no fue fácil y el resultado seguramente no fue totalmente satisfactorio para ninguna de las dos partes. No obstante, se lograron determinadas mejoras para el personal facultativo del sector sanitario concertado que, una vez más, se había sentido menospreciado y maltratado con la aprobación del segundo convenio colectivo del sistema sanitario integral de utilización pública de Catalunya (Siscat) en noviembre de 2018. Las medidas pactadas abarcaban las condiciones asistenciales, laborales y retributivas de los profesionales médicos, y ofrecían una respuesta a las demandas de formación y conciliación del colectivo. Además, se acordaba la creación de una comisión bilateral para definir, analizar y hallar soluciones a las necesidades específicas de los facultativos por motivo de su ejercicio profesional y su relevancia en la prestación de los servicios asistenciales.
Los sindicatos no médicos, CCOO, UGT y el sindicato de enfermería Satse impugnaron el acuerdo porque afirmaron que entraba en conflicto con el segundo convenio Siscat y porque no participaron del proceso de negociación abierto a raíz de la convocatoria de huelga de MC. Ahora, el TSJC, en una sentencia que no es firme y que, por supuesto, se recurrirá ante el Tribunal Supremo, les ha dado temporalmente la razón. Desde el respeto absoluto a la justicia y aceptando la resolución de los magistrados, consideramos que con esta primera sentencia se establece un precedente que socava la esencia misma del sindicalismo.
En la práctica, la decisión del TSJC nos dice que no estamos legitimados para llegar a acuerdos sobre las condiciones laborales de los facultativos, el colectivo al que, como sindicato profesional, se dirige MC en exclusiva. Asimismo, resta fuerza a un instrumento de acción sindical fundamental para cualquier organización como es la convocatoria de huelga, ya que los pactos que se suscriban como consecuencia de la movilización pueden acabar siendo papel mojado. En definitiva, se pone en cuestión la función y la eficacia de los sindicatos profesionales y/o minoritarios.
No creemos, y por este motivo confiamos que el recurso al Supremo prosperará, que la justicia avale aquello que los sindicatos llamados mayoritarios preconizan: que todas las negociaciones de relaciones laborales deben pasar por sus manos. Hay centenares de miles de trabajadores y trabajadoras que no se sienten representados por estas organizaciones y confían la negociación de sus derechos y sus condiciones laborales a otros sindicatos. Y hay colectivos profesionales organizados en formaciones de índole gremial que, dadas sus características y particularidades, quieren una negociación colectiva específica. En este segundo caso nos encontramos los médicos, pero también otros colectivos como los pilotos de avión, los mossos de esquadra, los bomberos, etc., que ya cuentan con convenios colectivos que se pactan en mesas propias de negociación.
En efecto, MC desea un espacio propio de negociación para los facultativos que no excluya a ningún sindicato que cuente con estos profesionales entre sus afiliados. Es decir, no tenemos ningún problema con que CCOO y UGT, u otros sindicatos de clase, formen parte de este espacio, siempre y cuando la representatividad sea proporcional al grado de penetración de cada formación entre el colectivo. Porque, por mucho que la sentencia haya tumbado provisionalmente este acuerdo del ámbito concertado, la realidad es que MC sigue siendo el sindicato más representativo y mayoritario entre los facultativos catalanes, con más de 9.000 afiliados y afiliadas, y ostenta toda la legitimidad negociadora.
Una vez conocida la sentencia, muchos afiliados, compañeros, colegas, gerentes y representantes de otras organizaciones se han interesado por la reacción de nuestro sindicato. Incluso, tenemos constancia de que el próximo movimiento de MC preocupa al CatSalut y las patronales sanitarias porque son conocedores de la influencia del sindicato médico y por el elevado grado de descontento que reina entre los facultativos catalanes, ya sean del ámbito concertado o del Institut Català de la Salut (ICS). La convocatoria de una nueva huelga que ponga de nuevo en jaque al sistema sanitario es una posibilidad, pero hay otras que pueden ser igual o más eficaces para hacer visible que la indignación de nuestro colectivo se encuentra en un punto de no retorno y que solo encontrará una vía de solución cuando la Administración tenga la voluntad de ofrecer una salida efectiva a los anhelos de sus médicos y médicas.
Esta determinación de MC y de los facultativos que representa no se verá frenada por resoluciones judiciales ni por los intentos de torpedear el progreso y la soberanía del colectivo médico por parte de organizaciones próximas al establishment que se mantienen cómodamente ancladas en un modelo de sindicalismo reaccionario y caduco.