La
Asociación Española de Genética Humana (AEGH) celebra sus próximas
elecciones el próximo 4 de noviembre de 2021. Este proceso electoral coincide en el tiempo con el debate sobre cómo debe ser la futura especialidad de Genética Clínica, si es que algún día se llegan a crear y constituir sus estructuras formativa y competencial.
Como espectador de dicha contienda electoral, observo que se esbozan dos grandes modelos para la futura
especialidad de Genética Clínica, que son:
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Una única especialidad, de carácter pluriprofesional. Por orden alfabético, biólogos, farmacéuticos, químicos y médicos podrían acceder a la formación especializada, con un único plan formativo, que incluiría el ejercicio profesional del Consejo Genético para todos los especialistas de la misma.
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Dos especialidades. Una de ellas sería de acceso exclusivo a médicos, mientras que a la segunda accederían biólogos, farmacéuticos, químicos y médicos. Cada especialidad tendría su plan formativo, quedando el Consejo Genético como práctica exclusiva de médicos y dejando esta, de manera residual, a quienes actualmente acrediten su ejercicio.
Qué profesionales podrán ser especialistas en Genética Clínica
Entiendo que el caballo de batalla se concreta en qué profesionales asumirían la competencia en materia de Consejo Genético: los médicos en exclusiva o estos juntamente con otros titulados que acrediten ser especialistas en Genética Clínica. Ante la falta de pronunciamiento al respecto de los órganos de gobierno de mi profesión, las líneas que siguen aportan algunos datos que pueden ayudar a resolver esta disyuntiva. Por orden cronológico, cito:
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Los biólogos tienen reconocida su competencia profesional en Consejo Genético, de acuerdo con el artículo 15 de los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos, aprobados mediante el Real Decreto 693/1996, de 23 de mayo, y validados por la Sentencia nº 4.754/1998 de la Sección Tercera de la Sala Tercera del TS, de 15 de julio de 1998. En esta sentencia, queda claro que la competencia reconocida a los biólogos en Consejo Genético no obsta a la que puedan acreditar otros profesionales.
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La Genética Clínica es una materia absolutamente interprofesional, tal como el Comité de Bioética de España hace énfasis en el proceso de Consejo Genético y el carácter multidisciplinar del mismo (párrafo sexto del apartado 3 en la página 15 de su informe “El Consejo Genético Prenatal”).
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La Recomendación CM/Rec/2010/11 del Comité de Ministros de la Unión Europea, adoptada en su sesión de 29 de septiembre de 2010. En su apartado I.2 relativo a los profesionales que deben servir en los Servicios Genéticos, también queda explicitado su carácter pluriprofesional.
"Una única especialidad de Genética Clínica de conformación pluriprofesional es el modelo que se ajusta a nuestro ordenamiento jurídico [...] suena a excusa el escudarse en la falta de acuerdo entre los distintos actores implicados para justificar la inacción ministerial respecto a su creación"
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Así pues, y atendida la competencia profesional de los biólogos en Consejo Genético, me parece que
una única especialidad de Genética Clínica de conformación pluriprofesional es el modelo que se ajusta a nuestro ordenamiento jurídico.
Por todos es sabido que las distintas Administraciones públicas adoptan un elevado número de acuerdos sin que haya consenso entre los agentes sociales directamente implicados en dichos acuerdos.
Así pues, suena a excusa el escudarse en la falta de acuerdo entre los distintos actores implicados para justificar la inacción ministerial respecto de la creación de la especialidad de Genética Clínica, ya que la
Administración General Sanitaria tiene la obligación política de gobernar, o sea, de resolver el acuciante problema de falta de profesionales adecuadamente formados en Genética Clínica, simplemente aplicando lo vigente en nuestro ordenamiento jurídico, aunque pise algún que otro callo.