La ética pública señala principios y valores deseables para ser aplicados en la conducta del hombre que desempeña una función pública. Es decir, la ética pública debe entenderse desde
la colectividad.
Es la sociedad la que crea una serie de valores éticos y pautas de conducta que los individuos al servicio de la administración pública aceptan como propios y que posibilitan
un bien común. No cabe duda que los códigos éticos o de conducta constituyen una herramienta muy útil para homogenizar y regularizar los comportamientos éticos de sus integrantes.
Si bien es cierto que el sector sanitario históricamente ha cumplido siempre una
función social que incorpora y contiene un importante componente moral. El principio moral de
evitar el daño, o no maleficencia, y el compromiso de hacer el bien de manera positiva, la
beneficencia, son buena prueba de ello.
Pero el modelo tradicional, el hipocrático, resulta ya
insuficiente para responder a los retos sociales presentes y futuros de la profesión médica y de su entorno. Surge una clara necesidad de adoptar un nuevo código de valores que permita
responder con flexibilidad a las nuevas (y no tan nuevas, pero no siempre satisfechas) expectativas de la sociedad. Me refiero a conceptos como la confianza, la integridad, la empatía, la transparencia, la intimidad y la honestidad. Felicito a iniciativas como el “Hippocratic Movement”, liderado por Julio Zarco, pero pienso que sin
la participación activa de pacientes y asociaciones se queda a medias….
Ya lo decía Cicourel (1983):
“El paciente corre el riesgo de ser recibido como un simple receptor-elaborador de información dotado de una clara limitación lingüística-conceptual.”
Al hilo de ello me vienen a la mente algunas características fundamentales de la profesión médica que señalaba el gran Jovell (2006).
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Vocación de servicio a los demás
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Primacía de los intereses de los pacientes
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Observancia de un código de conducta explícito
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Búsqueda de la excelencia en la práctica de la actividad profesional y en la actualización de conocimientos
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Promoción del bien común
Los sociólogos de la salud siempre tenían muy claro la importancia de la comunicación/participación. Parson plantea en su obra la necesidad de pasar del rol del enfermo (
sick role) al sistema de salud (
health system). En el trasfondo de sus estudios e investigaciones en los años setenta recalca que el sistema sanitario debería ser planteado como “
un medio generalizado de comunicación y de intercambio, entre individuos, sistemas y ambiente”.
Si bien es cierto que, como constata Donati (1994), el error del funcionalismo de Parsons precisamente se basa en “no reconocer la posibilidad de expresarse a través de precisos canales de comunicación y de feedback en el sistema social”. Es decir, no contempla de forma clara la importancia de la participación activa de los pacientes.
Pero vamos evolucionando. … El filósofo alemán Habermas defiende que la acción comunicativa de las personas persigue un claro fin hacia
el entendimiento, comprensión y participación, utilizando el lenguaje y de demás acciones relacionadas para conseguirlo. Defiende la necesidad de establecer una nueva forma de democracia basada en la
participación. De allí que plantee como elemento fundamental
el consenso.
Una sociedad de bienestar es participar en una situación de discurso, de consenso, de diálogo, en el cual todos participemos en el mismo nivel de importancia.
A veces nos cuesta entender que el buen profesional sanitario no es el más experto y competente en una determinada área, sino la persona que además
es comprometida y moralmente responsable en el desempeño de la actividad que realiza, incentivando la participación de su entorno.
Volviendo al enunciado de mis reflexiones, creo que todos opinamos que los códigos éticos son una herramienta válida que genera y mejora
la confianza, la reputación, el prestigio, la autoestima y la motivación de todos los implicados en el sistema sanitario, incluyendo a profesionales, pacientes y ciudadanos.
Pero deberían contar de forma explicita con la participación de pacientes y asociaciones de pacientes. Y solo en la elaboración de los códigos éticos, sino especialmente en sus mecanismos de evaluación y control para ser efectivos.
Sin duda, el Real Decreto 1090/2015 que define que el Comité de Ética de la Investigación (CEI) debe contar con la participación de los pacientes o las organizaciones de pacientes es un avance. Si bien es cierto que el artículo 15 ya no menciona expresamente a los pacientes sino a un representante de los intereses de éstos.