El Dr.
Luis Montes encarnó mucho tiempo la
defensa a morir dignamente. Nunca, que les quede claro a los señores del gobierno de la Comunidad de Madrid,
nunca trasgredió la ley, pero supo mantener su coherencia a favor de los pacientes que, en estado terminal, sufrían dolores o se agitaban y lo hizo poniendo a su servicio el estado actual de la ciencia con humanidad. La justicia, ese sistema controvertido y que tanto le gusta utilizar a la derecha corrompida para intentar legitimar sus acciones,
falló a favor de Luis Montes. Entonces la derecha guardó un cobarde silencio y se retorció en sus asientos.
El
PSOE, tras años de dudas con tensiones y distensiones, presentó un
Proyecto de Ley para regularizar la eutanasia. La Mesa del Parlamento utilizó todo tipo de triquiñuelas procedimentales para
impedir su debate y aprobación.
El proyecto era/es completo y muy pensado. Consta de un preámbulo con contenidos tremendamente consistentes, con
argumentos sólidos de tipo científico y legislación comparada. El cuerpo legal se dirime en 5 capítulos con 22 artículos, 5 disposiciones adicionales y 3 disposiciones finales.
Nada de los contenidos sustanciales quedaría al azar, se controla perfectamente la definición de eutanasia, los casos que pueden optar a solicitarla, el procedimiento que se debe seguir, los controles de calidad y de cumplimiento legal.
Todo para que pase a formar parte de la cartera de servicios del sistema sanitario y, por lo tanto, se establezca con garantías de rigor científico y procedimental. En ocasiones hasta pudiera parecer excesivamente exigente y puntilloso, posiblemente necesario y se siente
una mano de redactor que es un profundo conocedor del derecho sanitario, si fuera quien sospecho que es por la forma y contenido legal. Se ve que es una propuesta de ley muy pensada, pesada y sopesada, contrastada y, por lo tanto, consistente a la par que necesaria.
No es el lugar para realizar un pormenorizado análisis de su contenido, pero sí que se precisa exponer a los colectivos profesionales las líneas generales de esta proposición de ley socialista.
1. Existen procesos deteriorantes, involutivos o degenerativos, procesos que originan dependencias extremas del contexto
que provocan un gran sufrimiento con dolores intensos, tanto físicos como psíquicos, en las personas y no tienen una solución médica, con el estado actual de los conocimientos científicos. Existen personas que son capaces de convivir con estas situaciones, pero otras personas son incapaces, sus defensas, tanto las somáticas como las mentales, se desvanecen, la muerte es su final, es su único futuro para el sujeto y no desea, no puede, no tolera seguir viviendo en ese nivel de padecimiento y sufrimiento, sin calidad de vida alguna, es humano no desear seguir en esas penosas condiciones, la decisión es individual, de acuerdo al devenir histórico de cada sujeto.
2. Estas condiciones tan graves, tan depauperantes y tan dramáticas para las personas,
no obtienen corrección alguna con atención de cuidados paliativos, se puede decir que los cuidados paliativos se ven desbordados y superados por la grave evolución y por el pronóstico fatal real, por lo tanto es preciso dar un paso más de coherencia y consistencia.
3. Un Estado responsable y atento con las demandas y necesidades de sus ciudadanos
no puede permanecer impasible. El estado de la cuestión debe empujar al Estado a tomar decisiones serias, rigurosas, responsables, ante sus ciudadanos y ciudadanas.
El Estado debe aceptar el reto social e histórico de pensar con rigor, sabiendo que actúa en defensa de la libertad individual y que representa una opción más, solo una opción y que no es ninguna imposición a nadie, solo es una posibilidad más de elección para el sujeto que así lo explicite.
4. Si bien es cierto que es una obligación del Estado, no es menos cierto que debe hacer esta oferta pero con
garantías legales y conceptuales precisas. No vale todo, debe comprometerse sobre todo para aportar seguridad a los pacientes, las familias y al sistema. A este proceso se llama ser riguroso, lo que comporta establecer un procedimiento claro, controlarlo y evaluarlo.
5. No es compasión, sino actuar con comprensión, compadecerse de alguien no es actuar, no es solucionar, es un acto caritativo y con creencias, más o menos, confesionales.
La ética profesional implica que frente al sufrimiento de alguien se precisa actuar, el primer paso consiste en comprender lo que le acontece, evaluar el grado de gravedad, las posibilidades terapéuticas y, por lo tanto, pronósticas de tal intervención. Pero esta comprensión profesionalizada, necesaria, no es suficiente y precisa la comprensión de la vivencia y de la percepción de la persona que padece y sufre.
Esta aproximación comprensiva humaniza la intervención profesional y la hace cercana a los sentimientos del paciente, situándolo como sujeto que padece, pero también que piensa y que desea, aunque sus pensamientos y deseos no sean acordes con los nuestros, son los suyos y, por lo tanto, requieren nuestra atención personal y profesional. No hay que compadecer, hay que comprender; no hay que convencer, hay que comprender;
no hay que atemorizar, hay que comprender; no hay que temer, hay que comprender.
6.
Morir con dignidad precisa ayuda profesional. En efecto, en el suicidio, la persona, independientemente de su estado físico y/o psíquico, decide poner fin a su vida de forma voluntaria y por razones estrictamente de tipo subjetivo, tenga o no un final de muerte y la propia OMS nos alerta que las enfermedades graves en edades maduras son uno de los yacimientos para consumar las conductas autolíticas, tengan o no éxito.
Pero en la eutanasia, la persona se encuentra en situación de gravedad somática con nula
capacidad de resolución desde el abordaje médico en el estado actual de la ciencia, o bien padece un nivel de incapacidad que le imposibilita llevar una vida autónoma, restringiéndole su calidad de vida a niveles de una dependencia total del contexto, lo que le incrementa un gran nivel de sufrimiento.
Por lo tanto,
la decisión en la eutanasia es de la persona a la que se le aporta la información pertinente, pero el procedimiento pasa a ser un acto sanitario y ni se inicia ni se concluye por parte de la persona. Es más, al ser un acto sanitario se incluye en la cartera de servicios, aunque pudiera existir profesionales que se declaren objetores de conciencia, por lo que también se debe contemplar estas situaciones.
7. En los momentos actuales existe en la sociedad española una gran sensibilidad hacia estos temas, se comprende que existen situaciones especiales y determinadas en que la gravedad de los procesos médicos o los grados extremos de invalidez, hacen de factores de gran sufrimiento para las personas y que desean que, por fin, se solucionen.
Ahí se sitúa la sensibilidad por parte de los legisladores y de los profesionales sanitarios: poder dar una salida profesional, alternativa, que respete la libertad individual y se realice con información adecuada y con seguridad para el sujeto. Un efecto de esta sensibilidad lo podemos ver en la creación y desarrollo ciudadano de la
Sociedad para la Muerte Digna, con actividades de información social que tienen una gran aceptación por parte del conjunto de la sociedad, a tenor del número y la calidad de intervenciones que realizan.
"La ley de eutanasia nos hace mejores porque fomenta la dignidad en un momento tan complicado como es la muerte"
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El PSOE había adquirido el
compromiso de regular la muerte digna y abrir el debate de la eutanasia. Dos asuntos próximos pero bien diferentes que ahora es el momento de abordar. Ahora se comprometió a regular específicamente la eutanasia y en esta propuesta lo plantea como lo que es: un nuevo derecho individual y subjetivo para
solicitar y obtener ayuda para morir. Hemos de ser conscientes que el camino que le queda a esta ley no va a ser fácil, habrá que ir superando las dificultades con rigor en la argumentación y serenidad.
Como siempre, la Conferencia Episcopal ha declarado su
oposición a que se legisle en este sentido. No ha tenido tiempo para leer la propuesta. Con escuchar eutanasia, ya se ha lanzado al ataque. Es decir que demuestran, una vez más, su posición de inmiscuirse en todo desde una
posición de posesión absoluta de la verdad. Se respeta su posición y que se proyecta hacia sus creyentes, pero no puede ni debe ser extendida a toda la sociedad.
Una sociedad diversa debe tener su marco legislativo civil disponible y accesible para el conjunto de la población. Alguna de estas leyes hacen referencias a temas de la libertad individual, estos temas se legislan para dar seguridad y referencia para aquellos sujetos que quieran hacer uso de ellos con garantías, pero no se obliga a nadie.
La Conferencia Episcopal debiera dirigirse a sus creyentes, pero debe admitir que
el marco social es amplio y diverso y, por lo tanto, tiene opiniones, en determinadas cuestiones, que son francamente divergentes de las emanadas desde esa Conferencia. También es obligación de la Conferencia Episcopal ser respetuosa con los sectores de la población que ni están ni se les espera en el seno de su pastoreo. Una cosa es emitir opinión desde su creencia confesional y otra, muy diferente,
querer que se cumpla lo que ellos desean. Les recordamos que constitucionalmente el Estado español es laico, al menos no confesional.
Esta ley, fundamentalmente, nos hace ser mejores porque
fomenta la dignidad en un momento tan complicado como es la muerte. Una dignidad sin sufrimiento y una dignidad porque implica respeto hacia el sujeto que lo decide y los profesionales que intervienen.