Resulta desolador que la evidente falta de “cuidados profesionales” prestados durante la pandemia a las personas mayores que viven en centros sociosanitarios, muchas de ellas, dependientes y con alto grado de cronicidad, pretenda resolverse con la creación, mediante Real Decreto 46/2022, de una nueva cualificación profesional denominada “Supervisión de la atención sociosanitaria para la promoción de la autonomía personal” que se incluye en la familia profesional “Servicios Socioculturales y a la Comunidad” del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Según la norma citada, esta nueva cualificación, que previsiblemente formará parte del Currículo de la Formación Profesional, desarrolla su actividad profesional en el área de servicios sociales de atención especializada, dedicada a la atención de necesidades sociosanitarias a personas mayores, con discapacidad o con enfermedades generadoras de dependencia en instituciones sociales, en entidades de naturaleza pública o privada.

En concreto y como competencia general, está orientada a “supervisar el desempeño de las actividades del equipo técnico de cuidados en la atención sociosanitaria y de los recursos materiales y humanos en coordinación con el equipo interdisciplinar, los servicios generales del centro y otros servicios externos, para contribuir a garantizar la atención centrada en la persona, cumpliendo la normativa relativa a la planificación de la actividad preventiva y a los estándares de calidad”. Como también, a “supervisar la atención sociosanitaria a la persona usuaria, promover herramientas de coordinación y gestión de atención sociosanitaria dirigidas a la persona usuaria, supervisar recursos organizativos vinculados a prestaciones socioemocionales y rehabilitantes y administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático”. Además, determina como ocupaciones y puestos de trabajo relevantes, las de ‘supervisores socioasistenciales’ y ‘coordinadores de equipos técnicos de cuidados socioasistenciales’.

Llegados a este punto, y, en virtud de la información de la que disponemos, voy a hacer una exposición de motivos del porqué de nuestro más absoluto rechazo a esta nueva cualificación, que tienen que ver con el ámbito competencial atribuidas por Ley a los profesionales Graduados en Enfermería, y que repercute en la seguridad del paciente y la calidad de la asistencia que debe recibir.

Para empezar, y una vez analizadas la competencia general, las unidades de competencia, el entorno profesional y las ocupaciones y puestos de trabajo que la citada norma asocia a la nueva cualificación profesional, resulta evidente la colisión frontal con las competencias que Enfermería tiene atribuidas legalmente tanto por la normativa europea como española en el ámbito de las profesiones sanitarias tituladas y colegiadas.

En concreto, contraviene lo establecido en la Directiva 2005/36/CE (artículo 31), la Constitución Española (artículo 36), la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (artículos 3.4 y 7), la Orden SAS/3225/2009, de 13 de noviembre, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Geriátrica, y la Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.


"Resulta evidente la colisión frontal con las competencias que Enfermería tiene atribuidas legalmente tanto por la normativa europea como española en el ámbito de las profesiones sanitarias tituladas y colegiadas"



En segundo lugar, y como decía anteriormente, nuestro rechazo tiene que ver con el ámbito de la seguridad y la calidad de los cuidados que deben recibir las personas mayores que residen en centros sociosanitarios. Es hora de asumir que estas personas son ‘pacientes’ y no solo ‘residentes’, cuyos cuidados hay que afrontarlos con equipos profesionales especializados y adecuadamente dimensionados, en estos centros y también en sus domicilios. Y es aquí, donde de nuevo hay que recordar que el cuidado enfermero es el eje fundamental de la atención integral de las personas mayores.

Unos cuidados que requieren el desarrollo de unas estrategias específicas para el abordaje de la cronicidad, el envejecimiento y la dependencia, cuya complejidad y grado de individualización, solo pueden garantizarse por profesionales que han sido previamente formados en el alto nivel de cualificación que reciben los Graduados en Enfermería y que ningún otro profesional puede proporcionar. Unos cuidados con un nivel de complejidad que cuenta con toda una Especialidad, como es la Enfermera Especialista en Enfermería Geriátrica, que sigue sin implantarse en todos los centros públicos, privados y concertados que corresponde, cuando estos profesionales tienen plena capacidad para asesorar sobre las necesidades de las personas ancianas, especialmente de los más frágiles, con alto porcentaje de cronicidad y dependencia, en todos los niveles sociosanitarios y porque, dentro de sus competencias, están capacitados para enseñar, supervisar, investigar, gestionar y liderar los cuidados de los ancianos en situaciones complejas.

A la luz de los hechos es evidente que se pretende ‘resolver’ el problema de escasez de profesionales en residencias y otros centros sociosanitarios creando una cualificación que, en la práctica, supone una colisión frontal con las competencias de la profesión enfermera, y una merma de la calidad de la atención que deben recibir estas personas. Porque, a lo que lleva todo este proceso, en realidad, es a abrir la puerta a la contratación ‘low cost’ de trabajadores cuya capacitación debe ceñirse a la provisión de tareas básicas encaminadas a facilitar la actividad diaria de los residentes/pacientes.

Es claro que estamos ante un asunto de falta de voluntad real de las administraciones públicas de destinar los recursos suficientes, tanto humanos como materiales para el cuidado de estas personas y hacerlo con condiciones dignas para los profesionales de Enfermería. Un problema que está llevando a las enfermeras y enfermeros a la extenuación de la profesión. Solo hay que ver la última encuesta realizada por el Consejo General de Enfermería, en la que el 46,5% reconoce que ha pensado en tirar la toalla y dejar la profesión en algún momento. De hecho, y según los datos de esta misma encuesta, el 19% de las bajas por ansiedad, estrés o agotamiento mental provienen de los profesionales del área sociosanitaria. Por lo tanto, es urgente resolver este grave problema, en vez de crear una nueva cualificación que abrirá un camino de difícil retorno en el campo de la contratación de personal por parte de las instituciones privadas que son las que contratan en el ámbito privado del sector sociosanitario.

Así pues, y ante la intromisión en las competencias atribuidas por Ley a los profesionales de enfermería, en el Colegio Oficial de Enfermería de Madrid, en línea con lo expresado por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de Enfermería, y en defensa de la profesión enfermera, de sus colegiados y, especialmente, del derecho a la protección de la salud de los residentes-pacientes en centros sociosanitarios estamos preparando la impugnación del Real Decreto antes citado ante el Tribunal Supremo por contravenir la normativa vigente en materia de ordenación de las profesiones sanitarias con relación a las competencias y actividades reservadas por la Ley a la Enfermería.

Debemos y podemos resolver el problema de la atención a las personas mayores, cuando sabemos que es una demanda creciente como demuestran los datos demográficos. Las soluciones no vienen por la invención de nuevas cualificaciones. De lo que se trata es de contratar personal cualificado, tanto generalista, como especialista en geriatría. Es decir, contratar enfermeras en condiciones dignas y justas, que son las que tienen la competencia profesional y capacitación para garantizar el cuidado de nuestros mayores.

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