El personal laboral, en concreto, recibirá lo correspondiente a los 14 días devengados



20 ene. 2015 11:07H
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Redacción. Valencia
El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) recoge este martes la resolución del director gerente de Recursos Humanos de Sanidad por la que se reconoce el derecho al abono de la parte devengada de la paga extraordinaria de diciembre de 2012; se trata de 44 días devengados en el caso del personal funcionario y estatutario, y de 14, en el del personal laboral.
 

Javier Lázaro Lorente, director general de Recursos Humanos de Sanidad.

De este modo, el primer grupo tendrá derecho al abono de la cuantía correspondiente a los 44 días devengados, del 1 de junio al 14 de julio, de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, en función del tiempo trabajado. Por su parte, el personal laboral, lo tendrá en relación al abono de la cuantía correspondiente a los 14 días devengados, de 1 al 14 de julio, de la paga extraordinaria del mismo periodo, también en función del tiempo trabajado.
 
El reconocimiento de derecho se hará efectivo mediante la inclusión del importe en la nómina correspondiente, en los términos y con los criterios previstos en el Acuerdo de la Mesa General de Negociación I, de fecha 9 de junio de 2014.
 
Plazos para interponer recursos
 
Por otro lado, el personal funcionario y estatutario gestionado por la Consejería de Sanidad podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia.
 
Además, podrá interponer recurso de reposición ante esta Dirección General de Recursos Humanos de la Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o cualquier otro recurso que estime procedente para la defensa de sus intereses.
 
Asimismo, el personal laboral gestionado por la Consejería de Sanidad podrá formalizar demanda ante el Juzgado de lo Social de Valencia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, previa reclamación ante esta Dirección General de Recursos Humanos de la Sanidad.

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