El conseller de Sanitat de la Generalitat Valenciana, Marciano Gómez.
La Generalitat Valenciana define los
incentivos de carácter retributivo enmarcado en el decreto ley para garantizar la asistencia sanitaria integral en condiciones de equidad en el Sistema Valenciano de Salud.
La cuantía anual será de 10.000 euros para médicos y de 6.500 euros para Enfermería.
La prestación de servicios en las plazas de difícil cobertura incluidas en esta normativa podrá ser incentivada a través del reconocimiento de un componente del
complemento específico por esta especial circunstancia concurrente en este tipo de plazas, según consta en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Así, la cuantía superior es para
plazas incluidas en el subgrupo de clasificación A1, y la menor,
para plazas incluidas en el subgrupo A2.
La cuantía anual se abonará en
catorce pagas iguales, las cuales incluirán las doce mensualidades y las dos pagas extraordinarias. Por resolución de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de sanidad se determinará, en el ámbito de la atención hospitalaria, a
qué servicios y, en el ámbito de Atención Primaria, a
qué centros podrá aplicarse la incentivación económica prevista. En ambos casos se precisará
informe favorable previo de la dirección general competente.
Además, cuando por parte de la conselleria en materia de sanidad se considere que, respecto de alguna categoría y especialidad, están plenamente garantizadas las necesidades asistenciales,
se podrá dejar sin efecto la medida incentivadora prevista en este artículo, mediante resolución de la persona titular de la conselleria.
Anualmente se realizará una evaluación de las plazas objeto de incentivación, en aras a determinar la continuidad o no de dicha incentivación.
Valoración de los servicios prestados
Por otra parte, en los procesos selectivos por concurso convocados de acuerdo con el presente decreto ley, los
servicios prestados en puestos de personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud de los ámbitos geográficos considerados de difícil cobertura,
computarán el triple de la puntuación que se establezca, con carácter general,
por cada mes de servicios prestados.
Asimismo, para el resto de personal, en los futuros procesos selectivos o concurso de traslados de profesionales estatutarios especialistas, los servicios prestados en los puestos antes especificados
computarán también el triple de la puntuación que se establezca, con carácter general, por cada mes de servicios prestados.
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