Desde la consejería de Sanidad han señalado que este proceso es "más flexible, ágil e inmediato"

La sanidad valenciana regula telemáticamente sus listas de empleo temporal
Ana Barceló, consejera de Sanidad.


25 nov. 2019 13:50H
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La consejería de Sanidad Universal y Salud Pública ha establecido una nueva regulación de las listas de empleo temporal que establece un procedimiento de selección "más flexible, ágil e inmediato" a las demandas de empleo, que facilita la relación entre el personal que forma parte de las listas de empleo y la administración que las gestiona, según ha informado la Generalitat.

Estas medidas van encaminadas a mejorar la gestión de las listas, tanto para el personal que las compone, que dispondrá de "más medios y más ágiles", como para los gestores de recursos humanos, que podrán realizar una cobertura "más rápida y con menos penalizaciones por rechazos de las ofertas de empleo".

Para ello, se han implementado procedimientos telemáticos que permitirán que los plazos de actualización de las situaciones administrativas (desactivaciones de la bolsa o solicitudes de disponibilidad para vacantes) puedan ser efectivas al día siguiente de la solicitud.


Mejorar la gestión de las ofertas


Con la entrada en vigor de la orden, también se pretende mejorar la gestión de las ofertas de empleo y se incluye posibilidad de la opción de recibir ofertas de corta duración (menos de cinco días y a tiempo parcial) o el establecimiento de un procedimiento especial para la asignación de un número de ofertas más elevado al personal estatutario fijo de las categorías de gestión y servicios que garantiza el derecho a la promoción interna.

Una vez publicada la nueva orden, se convocará la 17ª edición de las listas de empleo temporal, que incorporará la posibilidad de solicitar hasta siete departamentos por categoría, frente a los tres que se podían solicitar anteriormente.

La valoración de los méritos que conformará el orden de las listas se realizará de acuerdo con un baremo que otorga mayor puntuación a la nota de oposición, a la formación especializada vía residencia y a los servicios prestados en plazas que se califiquen como de difícil cobertura.


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