Andrés Cánovas, presidente de CESM-CV.
El Sindicato médico CESM considera que en el documento ya definitivo de la
nueva regulación de la jubilación que establece la Conselleria de Sanidad
no se encuentran contempladas todas sus reivindicaciones en esta materia, si bien supone un progreso frente a la rígida normativa vigente hasta el momento, según explica la organización en un comunicado.
La Consellería, tras las diversas sesiones de negociación celebradas, da por cerrado el modelo de Jubilación del nuevo
Plan de Ordenación de Recursos Humanos. El Sindicato Médico considera que el documento presentado se aparta en gran medida de lo que eran sus pretensiones iniciales, comprometidas además durante la campaña electoral.
Para CESM-CV la
jubilación debería poderse personalizar, dependiendo de las circunstancias, desde los 60 a los 70 años de edad. Las prolongaciones de servicio sólo deberían estar
condicionadas al mantenimiento de la capacidad psicofísica para ejercer las funciones del puesto.
Demasiado lento
Por otro lado, los dos años transcurridos desde que se anunció este Plan merecen "una seria y contundente crítica a la administración sanitaria, pues
su lentitud ha causado graves daños a los intereses de muchos médicos y, por lo tanto, a los de la ciudadanía valenciana que en ellos confiaba", lamentan.
Dicho Plan, que será sometido a votación con posterioridad al 19 de marzo de 2017, consagra no obstante la jubilación generalizada del personal médico hasta los 67 años de edad, si bien plantea serias
dudas acerca de lo que ocurrirá en el tramo desde los 67 a los 70 años de edad.
CESM defiende que la jubilación sea un derecho y no una obligación, al menos hasta los 70 años
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Desde la
edad de jubilación forzosa hasta los 67 años, los factores que justificarán la prolongación en el servicio activo serán la pertenencia a categorías o especialidades deficitarias o bien a categorías profesionales con tasas de empleo superiores al 90 por ciento, precaución que se adopta para equilibrar la necesaria entrada de nuevo personal con el mantenimiento en el sistema de los más experimentados.
Prolongación sin problemas
Dado que los licenciados en Medicina poseen unas tasas de empleo que rondan el 98 por ciento el resultado será que, siempre que no existan problemas de absentismo especiales,
todos los médicos que soliciten la prolongación hasta los 67 años verán como ésta les es permitida sin mayores problemas. En tal sentido y pese a lo rocambolesco de la redacción, no podemos de dejar de reconocer que se abren posibilidades para nuestros compañeros de mayor edad sin que ello ponga en absoluto en peligro las posibilidades laborales de los actuales estudiantes de Medicina o en programa de especialización MIR. "
Todos hacemos falta en un sistema sanitario infradotado y con graves carencias", defiende en sindicato.
Desde los 67 años y hasta los 70 las prolongaciones serán decididas por la Dirección de Recursos Humanos previo informe-propuesta no vinculante de una comisión de evaluación de composición conocida. Dicha comisión deberá tener en cuenta, no sólo los aspectos citados, sino otros como la singularidad de las tareas desarrolladas, la participación en programas de transmisión del conocimiento experto, la investigación, la docencia, el compromiso con la organización, etc.
"Consideramos que en este periodo
no existe garantía alguna de prolongación para el personal facultativo y por lo tanto nos suscita grandes dudas que sólo el tiempo confirmará en un sentido u otro. De entrada exigimos que exista una motivación adecuada de las resoluciones y que se siga manteniendo la política de conservación de la experiencia acumulada. Permaneceremos vigilantes ante la evolución de los acontecimientos en este tramo de edad", asegura CESM.
Jubilación anticipada
Por otro lado, antes de la edad de jubilación forzosa, el documento contempla nuevas posibilidades, condicionadas a la legislación estatal, como la jubilación anticipada (si bien con pérdida económica) o la jubilación parcial. El Sindicato Médico parte de la base de que la
jubilación debe ser considerada un derecho y no una obligación, al menos hasta los 70 años de edad." Esos son nuestros principios que no coinciden con los del Plan que, siguiendo lo establecido por el Estatuto Marco,
ligan la permanencia en el trabajo a las necesidades de la organización. No obstante, consideramos que resulta posible conciliar ambas posiciones desde nuestras peculiaridades profesionales: pleno empleo (aunque gran temporalidad), prolongado periodo de formación (hasta 11-12 años) y gran peso de la experiencia que repercute en la calidad de la asistencia", exponen.
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