Redacción. Logroño
El sindicado CSIF ha asegurado que el Tribunal Supremo ha anulado el Acuerdo de Consejo de Gobierno de medidas de planificación de Recursos Humanos en La Rioja, por lo que, como señala en un comunicado, "el Gobierno regional deberá dar marcha atrás en decisiones como las jubilaciones forzosas, entre otras importantes cuestiones".
La central sindical apunta que "el alto tribunal ha dictado auto por el que inadmite el recurso de casación interpuesto por el Gobierno de La Rioja confirmando la sentencia del TSJR, que declaró nula esta disposición por la que en 2011 se adoptaban medidas de planificación en materia personal para los años 2012 y 2013".
"Durante este tiempo -se afirma desde el CSIF- se han perdido cientos de puestos de empleo público en nuestra comunidad autónoma debido a este Acuerdo". En 2012, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja estimó el recurso interpuesto por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) y declaró nula esta disposición por ser disconforme a Derecho. El citado Acuerdo "debió ser objeto de negociación previa en la Mesa General de Negociación, en lugar de convocarle una vez aprobado, solamente para informar del contenido de lo ya aprobado, el día anterior de su publicación en el BOR".
El Gobierno regional recurrió ante el Supremo que, ahora, vuelve a dar la razón a CSIF, obligando a la Administración a pagar costas, "por lo que la sentencia es firme". Dicho acuerdo establecía el modo de actuación por parte de la Administración en lo que a coberturas y amortizaciones de plazas durante los años 2012 y 2013. Así, prohibía las modificaciones de plantilla que supusiesen incremento de gastos. También, las modificaciones de los puestos de trabajo, previendo la amortización de determinadas plazas vacantes por cierre o agrupación de centros.
Igualmente denegó y revisó las prolongaciones en el servicio activo, obligando a jubilarse a muchos funcionarios. Asimismo limitó las comisiones de servicio, así como la contratación temporal y funcionarios interinos, al igual que “prohibió prácticamente” las contrataciones bajo la modalidad de obra o servicio o acumulación de tareas, en el ámbito del Servicio Riojano de Salud.