Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de atentado a funcionario público



4 nov. 2015 11:58H
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Redacción. Bilbao
El Juzgado de lo Penal nº 5 de Bilbao ha condenado a un paciente a seis meses de prisión y a una multa de 1.050 euros por un delito de atentado y una falta de lesiones a una facultativa de Osakidetza.
 
La resolución judicial declara como hechos probados que un varón de 37 años, accedió a la consulta de la facultativa en el Centro de Salud de Erandio Behekoa (Vizcaya). Una vez dentro de la consulta le profirió insultos vejatorios, dando golpes en la mesa, tirando el ordenador y empujando con fuerza a la facultativa. Las secuelas de la agresión impidieron a la médico que, durante 21 días, pudiera volver a realizar su trabajo.
 
Los hechos denunciados por la trabajadora de Osakidetza  han sido considerados por el juez  constitutivos de un delito de atentado a funcionario público y de una falta de lesiones, tal y como se recoge en los artículos 550.1 y 550.2 del nuevo Código Penal que entró en vigor en julio. Si bien, la ejecución de la  pena de 6 meses de prisión ha sido suspendida por dos años quedando ésta condicionada a que el  agresor  no vuelva a delinquir en ese periodo de tiempo.
 
Esta sentencia, demuestra que la modificación legislativa va a poder garantizar que los juicios a partir de ahora puedan resolverse con sentencias que impliquen penas de prisión por tener calificación de delito de atentado.
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