El nuevo listado incluye tres nuevos principios activos, metformina oral, sulfadiazina argéntica tópica y cetirizina oral.
La consejería de Sanidad ha modificado la orden que regula las existencias mínimas de medicamentos y productos sanitarios en las oficinas de farmacia y en los almacenes farmacéuticos de la comunidad. El objetivo de dicha modificación es adaptarse "a las novedades del mercado que resulten adecuadas por su interés terapéutico o especial".
De esta manera, y tal y como recoge el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) "se incorporan medicamentos más acordes a la demanda farmacoterapéutica actual de la población" y se retiran aquellos "que han quedado desfasados, que han pasado a ser de uso hospitalario o que han tenido modificaciones en la autorización de comercialización".
La Dirección de Farmacia, previo acuerdo con los representantes de los tres colegios oficiales de farmacéuticos de los territorios históricos y la Inspección de Farmacia, propuso la revisión del texto y el resultado ha sido una actualización "bien hecha", en palabras de Juan del Arco, director técnico del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Vizcaya.
Este nuevo listado, que si bien no incluye demasiados cambios, "permite hacer frente a situaciones de emergencias y catástrofes", según este representante de los farmacéuticos de Vizcaya. A pesar de que debería haberse actualizado en 2009, según la primera orden publicada al respecto, "estamos contentos porque no ha habido ninguna discrepancia relevante", ha asegurado.
De esta forma, entre los cambios más destacados se incluyen tres nuevos principios activos, metformina oral, el antidiabético de referencia, sulfadiazina argéntica tópica, para las quemaduras, y cetirizina oral, para aliviar los síntomas de la fiebre del heno. Por el lado contrario, se eliminan las compresas de tul graso, la solución de glucosa hipertónica, las sondas foley 16/18, y el bisturí con hoja. Mepivacaína y tetracaína + oxibuprocaína también desaparecen de la lista.
Del Arco también ha destacado como positiva la reducción del número de envases, pues "con tener uno es suficiente en muchos casos". En este sentido, la geografía de la región permite tener un ratio de farmacias por habitante suficientemente alto para que no sea un problema encontrar un establecimiento en poco tiempo. Por último, en la orden publicada en el BOPV, se especifica que la cámara de inhalación infantil de tenencia obligatoria debe ser universal.
Accede a Orden de 2 de junio de 2016, por la que se establecen las existencias mínimas de medicamentos y productos sanitarios en las oficinas de farmacia y en los almacenes farmacéuticos.
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