La sentencia dice que no se puede exigir el perfil lingüístico en una plaza que haya quedado vacante

La Justicia tumba parte del plan de euskera de Osakidetza
Jon Exteberría, director general de Osakidetza.


28 sept. 2016 17:40H
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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado nula una parte del II Plan de Normalización del Uso del Euskera de Osakidetza, aquella que hace referencia a los puestos que queden vacantes durante la vigencia del Plan y cuya fecha de preceptividad se retrotrae a la fecha de inicio. 

En concreto, la sentencia, a la que ha tenido acceso Redacción Médica, reza: “Anulamos el II Plan de normalización del uso del euskera en la medida que asigna a los puestos funcionales que queden vacantes durante la vigencia del Plan la fecha de preceptividad coincidente con la de la aprobación del plan”.

De esta manera, cuando una plaza queda vacante sin reserva a lo largo de la vigencia del plan (hasta 2019), no está justificado establecer la fecha de preceptividad de la misma a la entrada en vigor del plan. O lo que es lo mismo, si en el momento en que entró en vigor el II Plan de Euskera, en una determinada plaza el euskera no estaba fijado ya como requisito, el hecho de que esa plaza quede vacante mientras el plan está en vigor no es causa suficiente para que la exigencia de la posesión del perfil lingüístico se retrotraiga al momento en el que entró en vigor el plan.

Hay que partir de la base de que en Osakidetza todas las plazas tienen fijado el perfil lingüístico necesario para ocupar dicha plaza (generalmente el Perfil 2), pero no en todas ellas es un requisito actualmente.

Posible recurso

Iñigo Garduño, secretario general de CC.OO. en País Vasco, ha explicado a Redacción Médica que para anular esta parte, “el Tribunal da por probada la falta de negociación de Osakidetza con la parte sindical, tanto a la hora de negociar este Segundo Plan como a la hora de fijar las fechas en las que se exigirá el perfil lingüístico en cada puesto”.  En este sentido, desde el sindicato se insta a quien ocupe la Consejería de Salud del Gobierno Vasco próximamente a retomar la vía de la negociación y el acuerdo.

El Servicio vasco de Salud-Osakidetza ha subrayado que la sentencia "se circunscribe exclusivamente" a las fechas de preceptividad asignadas a las plazas vacantes por jubilación y ha recordado que el pasado mes de febrero, Osakidetza ya "adaptó" la progresividad en el establecimiento de fechas "en la línea que marca la sentencia actual". 

En un comunicado, la Dirección General del Servicio Vasco de Salud ha anunciado que está estudiando el fallo para valorar la interposición del "oportuno" recurso de casación y ha recordado que "en primera instancia, se dio la razón a Osakidetza considerando adecuada la fijación de fechas de preceptividad a las plazas que quedasen vacantes sin titular".







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