Al recurso admitido por el Tribunal, que podría paralizar el proceso, se suman otras incertidumbres

Pedro Sánchez, presidente de España, e Imanol Pradales, nuevo lehendakari de País Vasco.
Pedro Sánchez, presidente de España, e Imanol Pradales, nuevo lehendakari de País Vasco.


1 jul. 2024 17:05H
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Euskadi ya puede homologar títulos universitarios sin tener que depender del Gobierno central. Tras seis años de negociaciones, este lunes ha entrado en vigor el traspaso de competencias que permitirá, por primera vez en la historia, que una comunidad autónoma homologue títulos universitarios de Medicina o Enfermería, entre otros.

Las personas empadronadas en la comunidad vasca podrán solicitar la homologación y la declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros. La cesión de competencias a Euskadi representa uno de los temas que quedaron pendientes de resolver para el Gobierno de Íñigo Urkullu que, tras una larga espera, se hace realidad con una nueva lehendakaritza liderada por Imanol Pradales.

Trabas en la transferencia de competencias


Aunque ya está establecida la fecha de inicio de las solicitudes, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por el Consejo de Dentistas contra este traspaso de competencias en materia de homologación en el que han solicitado la suspensión inmediata del Real Decreto impugnado.

Según ha explicado el presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro, la homologación de títulos es una competencia atribuida constitucionalmente al Estado y, por lo tanto, "supondría un grave problema de equidad que cualquier comunidad autónoma contase con sus propio sistema de homologación". Además, ha explicado que si se transiferen estas competencias "habría territorios con acceso estricto y otros con acceso más flexible según las condiciones que cada región establezca".

Homologación de títulos universitarios sanitarios


Esta homologación supone, según establece el gobierno vasco, el reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero, equiparable a la exigida para la obtención de un título español cuya obtención se requiere para el ejercicio de una profesión regulada. Por otro lado, la declaración de equivalencias supone el reconocimiento oficial de un Grado, Máster Universitario o Doctorado, con exclusión de los efectos profesionales respecto de aquellos títulos susceptibles de obtenerse por homologación.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará este martes 2 de julio y estará abierto permanentemente, según se indica en la página web del Departamento de Educación

Presentación de la documentación


Para la homologación y la declaración de equivalencia, los solicitantes tendrán que presentar el título, su traducción oficial al castellano o al euskera y el certificado académico de los estudios realizados, así como su respectiva traducción.

Además, en el caso de la homologación, tendrán que adjuntar una acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la profesión regulada, salvo que el castellano sea la lengua oficial en el país de origen de la persona solicitante.

El órgano responsable de la tramitación de las solicitudes será la Dirección de Política y Coordinación Universitaria adscrita a la Viceconsejería de Universidades e Investigación del Departamento de Ciencia, Universidades e Innovación. Aun así, desde el colectivo Homologación Justa Ya han asegurado a Redacción Médica que existe “demasiada incertidumbre en el proceso” porque existe un gran desconocimiento en los detalles del trámite.

Según han afirmado, aunque el proceso es igual de sencillo que en el caso de los títulos de educación secundaria, bachillerato o formación profesional, no se saben cuáles serán los criterios de evaluación que se seguirán. De hecho, han insistido en que esperan que la Administración “sea imparcial y justa” en las carreras de Psicología, Odontología y Enfermería.


Detalles en el proceso de homologación


Este proceso puede ser realizado por cualquier persona empadronada en Euskadi que tenga un título universitario extranjero oficial que se corresponda con estudios ya finalizados. De hecho, se tendrá que llevar a cabo dicho trámite aunque el título adquirido haya sido otorgado por una universidad del Espacio Europeo de Educación Superior.

Queda excluido el reconocimiento de títulos universitarios extranjeros a los correspondientes títulos oficiales españoles acreditativos de una especialidad en Ciencias de la Salud, que se regirá por su normativa específica. También hay que destacar que los expedientes de las solicitudes de homologación presentadas en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades con anterioridad al 1 de julio de 2024 continuarán su tramitación en dicho Ministerio.

La plataforma Homologación Justa Ya ha indicado que se desconoce si se cumplirá con los plazos de tramitación de no más de 6 meses pero, aun así, “hay esperanzas en que esta autonomía mejore el caos que tiene el Ministerio con las homologaciones y las equivalencias”.
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