“Requiere” de una ley que garantice su financiación



28 ago. 2013 16:45H
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Redacción. Pamplona
El Gobierno de Navarra ha acordado, en su sesión de este miércoles, comunicar al Parlamento foral que para cumplir la ley foral que prevé un complemento de compensación para los funcionarios por la supresión de una paga extraordinaria en 2012 se requiere aprobar, previamente, otra ley que habilite créditos suficientes para abonarlo. Asimismo, le advierte de su posible inconstitucionalidad.

Juan Luis Sánchez de Muniáin.

El Ejecutivo ha tomado esta decisión, tras conocer los informes emitidos por la Asesoría Jurídica y la Intervención General del Gobierno de Navarra sobre la ley foral 25/2013, de 2 de junio, por la que se modifica la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, sobre complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo, en el sentido de ampliar hasta el 31 de agosto el plazo para el abono de dicho complemento. Informes éstos que también ha trasladado a la Cámara foral.

Según se recoge en el acuerdo, el informe de la Asesoría Jurídica constata la posible inconstitucionalidad de la ley foral y recuerda que ésta ha sido recurrida por el Estado ante el Tribunal Constitucional el pasado 30 de julio por entender que vulnera las normas dictadas por la Administración central con carácter básico en materia de retribuciones, establecidas como medidas de política económica dirigida a la contención del déficit público y a contribuir a los logros de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Según el Ejecutivo, en este recurso se solicitaba expresamente la suspensión de la aplicación del precepto impugnado, suspensión ésta que tendrá efecto desde la fecha de interposición del mismo (30 de julio), aunque no se ha formalizado hasta ahora debido a que el Pleno del Tribunal no se reúne durante el mes agosto.

El portavoz del Gobierno navarro, Juan Luis Sánchez de Muniáin, ha indicado que "siempre que sea el Estado quien interponga el recurso de inconstitucionalidad se decreta la suspensión". "Por tanto, es seguro ya que en las próximas fechas el TC decretará la inaplicabilidad de esta medida en Navarra", ha añadido.

Informe de la intervención general

Por su parte, el informe de la Intervención General analiza el coste económico de la medida -58 millones de euros- y la forma de financiarla, teniendo en cuenta que en el vigente Presupuesto de gastos no existe consignación presupuestaria para ello y que no se pueden realizar traspasos desde otras partidas, ha expuesto el Gobierno. Tampoco la ley foral que crea el complemento, ha añadido, contempla en su articulado previsión alguna respecto de su financiación.

Sánchez de Muniáin ha expuesto que "el Parlamento debiera haber aprobado una ley de suplemento de crédito para garantizar hacer frente a esta eventualidad económica". "Ésta es una circunstancia más que hace inaplicable esta medida", ha agregado.

La Intervención General recuerda que la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, determina que no pueden adquirirse compromisos de gasto ni obligaciones por cuantía superior al importe de los créditos que figuren en el correspondiente estado de gastos. También alude a las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

A la vista de estas normas, el informe concluye que la aplicación de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, requeriría previamente la tramitación y aprobación de una ley foral de suplemento de crédito o de utilización del fondo de prórroga para dotar a las partidas del capítulo I (de personal) de los créditos necesarios para poder abonar el complemento, dotación ésta que debería conllevar un acuerdo de no disponibilidad de créditos de gasto o una previsión de mayores ingresos por un importe equivalente a su coste, con el fin de que no se produzca una desviación del objetivo de déficit fijado para la Comunidad Foral, ha precisado el Ejecutivo foral.

Por lo que respecta a las empresas públicas, la Intervención General considera que están igualmente incluidas en el objetivo de déficit y que, por tanto, el abono del complemento a sus empleados -estimado en 2,4 millones de euros- incumpliría la Ley de Estabilidad Presupuestaria, a no ser que previamente se realizara una disminución, en la misma cuantía, de los gastos no financieros dentro del perímetro de consolidación del sector público navarro.

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