La Comunidad ha publicado los requisitos y el procedimiento que deberán seguir los interesados e interesadas

La Comunidad de Madrid convoca el proceso de integración voluntaria de Enfermería especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria en el Sermas.
Sede del Servicio Madrileño de Salud.


30 dic. 2024 11:40H
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La Comunidad de Madrid ha publicado la convocatoria del proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en la categoría de Enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria para el personal de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud (Sermas). En septiembre pasado, el director general de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa, adelantó de este procedimiento aunque se esperaba la finalización del proceso de estabilización para beneficiar a un mayor número de profesionales.

Así, tal como indica la orden publicada en el Boletín Oficial de la comunidad este lunes, podrán aplicar las enfermeras y enfermeros cuyo régimen sea el de estatutario fijo o, en su caso, funcionario de carrera o laboral fijo que con anterioridad preste servicios en la Gerencia Asistencial de Atención Primaria en el Sermas, desempeñando funciones que correspondan a la categoría de Enfermero/a Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria y que reúnan los requisitos de titulación.

En cuanto a las condiciones que deben cumplir, están:

  • Vinculación: estar en posesión del nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de enfermera/o, funcionario de carrera del cuerpo de diplomados en salud pública, escala salud pública que realice funciones de enfermera especialista y personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de diplomado en enfermería especialista o, titulado medio especialista que realice funciones de enfermera especialista o, diplomado en Enfermería que realice funciones de enfermera especialista y contar con la titulación oficial de la especialidad en la que se solicita la integración.
  • Funciones: deberá desempeñar funciones inherentes a la nueva categoría estatutaria de Enfermería Familiar y Comunitaria y prestar servicios en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias en la Gerencia Asistencial de Atención Primaria.
  • Situación administrativa: estar en situación de activo o que conlleve la reserva de puesto por alguna de las causas establecidas en la legislación vigente.
  • Titulación: poseer el título oficial de Enfermero/a especialista que habilita para el desempeño de la categoría de Enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria en la que se solicita la integración.

Homologación entre las categorías estatutarias


Las categorías que podrán integrarse a Enfermería Familiar y Comunitaria, con el subgrupo de clasificación A2, son:
  1. Diplomados en Salud Pública, escala Salud Pública, que realice funciones de enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.
  2. Diplomado en Enfermería Especialista que realice funciones de enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.
  3. Titulado medio especialista que realice funciones de enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.
  4. Diplomado en Enfermería que realice funciones de enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.
  5. Enfermero/a que realice funciones de enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.

Procedimiento de integración


El procedimiento de integración iniciará a través de la presentación de una solicitud que está disponible en el portal www.madrid.org, así como en la intranet y en el departamento de personal de los centros sanitarios. Los interesados deberán presentarla en el plazo de un mes desde el 31 de diciembre de 2024.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Sermas con la documentación correspondiente y se presentarán en el Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad o en los registros electrónicos indicados, para lo cual se deberá disponer de uno de los Certificados Electrónicos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad. 
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