Retornan al momento inmediatamente anterior a la proclamación de las candidaturas



14 mar. 2014 17:16H
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Alexia Lario, Ana María Quintas, Luis Gonzáleza y María Jesús Rodríguez.

Eduardo Ortega Socorro. Madrid
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid ha emitido un auto, al que ha tenido acceso Redacción Médica, en el que manda retrotraer las elecciones del Colegio Oficial de Farmacéuticos (COF) de Madrid al momento “inmediatamente anterior” a la proclamación de las candidaturas.

El autor del auto toma esta decisión “para que sea la Mesa Electoral quien, a la vista de las discrepancias que parece que existen entre las fichas de los colegiados y sus respectivos expedientes personales, y tras recabar, incluso de oficio, la información o subsanación que considere relevante o de interés, ratifique o rectifique, de acuerdo con las normas electorales de aplicación, aquel acto de proclamación (o no) de las candidaturas presentadas”.

El juzgado toma esta decisión después del recurso presentado por Alexia Lario, presidenta de Adefarma, por la no proclamación de su candidatura al no encontrarse su aspirante a la vocalía de Ortopedia  ejerciendo esta profesión, una condición sine qua non para poder optar al cargo.

La cuestión está en que en otra candidatura existiría una situación parecida, según el auto. “Así las cosas, bien podría decirse que el obstáculo o defecto apreciado por la mesa electoral resultaría desproporcionado o incluso discriminatoria”, pero informa de que, según el COF madrileño, “los datos que se consignan en la fichas” informativas que posee la junta “no se corresponden con los más actuales que se contienen en los expedientes personales de cada colegiado”.

De esta manera, llega a la conclusión de que la solución del conflicto debe pasar por “retrotraerse las actuaciones administrativas al momento inmediatamente anterior al de la proclamación de las candidaturas.

En su página web, la institución colegial madrileña indica que el acto de votación está suspendido hasta que la mesa electoral proceda a ejecutar lo ordenado por el juzgado.

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