Una investigadora trabajando.
El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este lunes el
Decreto 141/2018, de 25 de octubre, por el que se regula la
protección, valorización y transferencia de los resultados de
investigación, desarrollo e innovación en el ámbito del Sistema público de salud de Galicia. En este sentido, el decreto define la titularidad y protección de los resultados de la investigación, el derecho a la participación en los beneficios, que será del 50 por ciento para los investigadores, y el procedimiento de creación y participación en
spin-offs.
La investigación e innovación adquieren sentido cuando se logra transferir sus resultados en beneficio de la ciudadanía. Con este objetivo, la norma aprobada este lunes pretende aprovechar y gestionar eficientemente estos resultados favoreciendo el surgimiento de nuevas iniciativas empresariales y de emprendimiento que contribuyan a mejorar la salud de la población y a aportar riqueza.
El 50 por ciento de los beneficios será para los autores, el 30 para la Conselleria y el 20 se destinará a I+D
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Este decreto se aplicará a todas las actividades y resultados de la investigación, desarrollo e innovación sanitario del personal investigador de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, así como de las entidades instrumentales de su titularidad. Por primera vez se regulan estas materias en la comunidad autónoma y además, Galicia se convierte en
una de las primeras comunidades del Estado en regular estas materias concretamente para el ámbito sanitario conforme a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación.
Titularidad y beneficios
Con respeto de la titularidad y protección de los resultados de la investigación y de la innovación obtenidos por el personal investigador del Sistema público de salud Galicia, el decreto determina que
corresponderá a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia o a las entidades instrumentales para las que el personal investigador preste sus servicios.
El derecho a la
participación en los beneficios obtenidos es otro de los temas recogidos en esta normativa, que establece que la distribución será del
50 por ciento para el personal investigador que tenga la consideración de autor o inventor de los resultados de la investigación y
el 30 por ciento para la Consellería de Sanidad, el Servicio Gallego de Salud o sus entidades instrumentales, a través del centro donde preste sus servicios el personal investigador. El
20 por ciento restante irá destinado a la promoción de actividades de I+D+i sanitaria, las cuales serán gestionadas por la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS).
Las actuaciones dirigidas a que los resultados de la investigación lleguen al mercado y a la ciudadanía se conoce como
valorización y transferencia. El decreto determina que la
Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS), será la encargada de diseñar, gestionar y ejecutar la estrategia para la protección, valorización y transferencia de los resultados de la investigación, desarrollo e innovación en el ámbito del Sistema público de salud de Galicia.
ACIS también gestionará la
explotación comercial de los resultados a través de varias fórmulas, previa consulta en su caso con el personal titular de la investigación. Estas fórmulas podrán ser la licencia o cesión de los derechos a favor de un tercero sin vinculación con el Sistema público de salud de Galicia, o la creación o participación en una
spin-off a la que se le otorgará una licencia para la explotación comercial de estos resultados. El decreto también contempla la autorización del personal investigador para prestar servicios en estas
spin-off.
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