Está disponible para todas las áreas de salud de la comunidad y también los Servicios Centrales

Extremadura abre la convocatoria para solicitar teletrabajo en el SES
Hospital Universitario de Cáceres.


23 feb. 2024 13:55H
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El Servicio Extremeño de Salud (SES) ha convocado el procedimiento para que sus trabajadores puedan solicitar teletrabajar tres días a la semana durante un año. Lo recoge el Diario Oficial de Extremadura de este viernes y es aplicable a todas las áreas de salud de la comunidad, así como a los Servicios Centrales del SES. Los sanitarios interesados tienen ahora un plazo de 10 días, a contar desde este sábado, para presentar su solicitud.

Como recogen las resoluciones, el teletrabajo en el SES solo será posible para los puestos que puedan ser ejercidos de forma autónoma y no presencial atendiendo a sus características y a los medios requeridos para su desempeño. Se descartan aquellos trabajos cuyas funciones requieran la presencia física de la persona trabajadora, como pueden ser aquellos que tengan funciones de dirección, coordinación, supervisión o inspección o que formen parte de unidades de atención e información ciudadana, así como los que tengan un contacto frecuente con el público que no pueda suplirse con la atención por medios tecnológicos.

Solicitar teletrabajo en el SES


El personal del Servicio Extremeño de Salud interesado en solicitar la modalidad de trabajo en remoto puede consultar las bases, los requisitos y los criterios en el Portal del SES. Hay particularidades para mujeres embarazadas y profesionales con adaptaciones por motivos de salud. También para víctimas de violencia de género.

Una vez finalice el plazo de 10 días para que los sanitarios presenten sus solicitudes, la Dirección de Recursos Humanos las remitirá a los responsables de las Unidades o Servicios donde presten sus servicios. Estos, en un plazo de 10 días, emitirán un informe específico sobre la viabilidad del desempeño del puesto sin presencialidad. Igualmente deberán hacer constar el número máximo de puestos de trabajo que en su Unidad o Servicio pueden ser susceptibles de prestarse en dicha modalidad.

Recibido este informe y aplicados los criterios de selección en aquellos casos en que sea necesario, la Gerencia de Área publicará resolución en el plazo máximo de tres meses, a contar desde este viernes, y se les notificará a los trabajadores. Si transcurren estos 90 días sin una resolución expresa, los interesados deberán considerar su solicitud como desestimada.


Jornada de teletrabajo en el SES


Los profesionales del SES podrán tener teletrabajo durante un año, a contar desde la fecha de inicio que se haga constar en la resolución de autorización. Los que hayan sido autorizados para la modalidad híbrida deberá llevar a cabo una prueba coordinada con el servicio de informática para el alta del entorno de trabajo, pudiendo quedar en suspenso la autorización si se detectan deficiencias y estas no se corrigen en 15 días. 

La jornada semanal de trabajo se distribuirá de manera que tres días se presten de forma no presencial y el tiempo restante en jornada presencial de acuerdo con la jornada y horario ordinario de la persona que teletrabaje. No obstante, si razones organizativas lo justifican, el jefe de la unidad o servicio, en el informe previo que debe emitir, podrá condicionar la concesión del teletrabajo a que la modalidad no presencial se realice dos días por semana. Pero, en ningún caso, la jornada diaria de trabajo podrá fraccionarse para su prestación en ambas modalidades.
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