Las mujeres con un embarazo sano pueden dejar de realizar guardias a partir de las 20 semanas.
El acuerdo firmado entre
Metges de Catalunya (MC) y la patronal de la sanidad concertada catalana recoge que las mujeres que sufran un
embarazo de riesgo tienen derecho a la percepción del total de sus retribuciones más la media de lo ganado por las
guardias realizadas durante los 12 últimos meses. Esto significa que en este supuesto, las profesionales de la concertada tienen cubierto su sueldo más la media de las guardias.
En el caso de las
gestantes que tengan un embarazo completamente normal, también se les "exime de la obligatoriedad de
hacer guardias a partir de la 20 semana de gestación". En este caso, si es por propia voluntad, las mujeres embarazadas sí que dejarán de percibir la prestación por las guardias hasta que obtenga el
permiso de maternidad.
Para el resto de profesionales, se ha establecido: retribución mínima de 2 horas a precio de
hora ordinaria en caso de requerimiento de presencia; cobro íntegro como guardia presencial si se supera los 2/3 de la jornada con la
presencia física del profesional; a partir de 1.500 horas anuales de atención continuada, todas las guardias localizadas se abonarán a precio de hora ordinaria de trabajo.
El acuerdo entre ambas partes permitió la
desconvocatoria de la huelga de la concertada. Entre las medidas que exigían desde la concertada se encontraba el establecimiento de un máximo de visitas diarias presenciales por facultativo; un tiempo que garantice que los profesionales puedan dedicarse a formación e investigación.
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