Antoni Comín, exconsejero de Salud.
La juez de la Audiencia Nacional,
Carmen Lamela, ha admitido a trámite la querella de la
Fiscalía General del Estado por delitos de
rebelión, sedición y malversación contra el exconsejero de Salud
Antoni Comín. Además, también ha pedido a los exconsejeros del Govern, al president cesado
Carles Puigdemont y al exvicepresidente
Oriol Junqueras la fianza por responsabilidades civiles de un total de
6,2 millones de euros.
La resolución recuerda los argumentos utilizados para
admitir la competencia del juzgado para conocer sobre estos hechos, que la juez unió a las diligencias que ya llevaba por un delito de sedición en relación con los hechos del
20 y 21 de septiembre, y cuya competencia ya confirmó la
Sección Segunda de la Sala de lo Penal el pasado 6 de noviembre.
“En la fase inicial en que nos encontramos, para acordar una medida cautelar que asegure la cobertura de las responsabilidades pecuniarias que de la causa puedan derivarse es
condición suficiente y, a la vez necesaria, que de lo actuado se advierta la existencia de indicios de criminalidad contra una persona, lo cual no supone necesariamente que deba esperar a concluir la instrucción de la causa para adoptar las
medidas cautelares correspondientes”, ha explicado la juez.
Cantidad en el presupuesto
La juez de la
Audiencia Nacional ha señalado que la fianza de
6,2 millones de euros partió de las partidas presupuestarias ordenadas en la
Ley 4/2017 de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para garantizar los recursos con los que hacer frente a las necesidades derivadas de la convocatoria del referéndum.
De este modo, Lamela entiende que el exconsejero de Salud abusó de su cargo al frente del Departamento para “
fines ilícitos” y recuerda que “el
Tribunal Constitucional declara nula e inconstitucional la citada disposición”. Por su parte, Comín
sigue en Bruselas y está pendiente de que la justicia belga le cite para declarar.
“Que la Intervención General de la
Generalitat de Cataluña haya certificado que solo una pequeña cantidad de tal partida presupuestaria haya sido utilizada, no implica que no se haya sufragado el referéndum con dinero público no destinado a estos fines”, subraya el auto.
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