El director general de Asistencia Sanitaria, José Antonio Ballesteros, y el consejero de Sanidad, Jesús Fernández.
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este miércoles una orden de la Consejería de Sanidad por la que se regula el procedimiento para reintegrar el llamado ‘exceso de copago’ en las aportaciones de los pensionistas a la prestación farmacéutica ambulatoria.
Según precisa el boletín, la orden entrará en vigor el 1 de mayo y será de aplicación a los pensionistas y sus beneficiarios con tarjeta sanitaria individual del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) en vigor, siempre que los medicamentos y productos sanitarios estén incluidos en la prest yan sido prescritos por profesionales sanitarios del Sistema.
Los pensionistas podrán solicitar el reintegro de gastos por prestación farmacéutica ambulatoria cuando se haya dado un error en el porcentaje de aportación o el tope máximo mensual que le corresponda en el momento de la dispensación del medicamento.
También podrán hacerlo cuando hayan abonado aportaciones indebidas efectuadas por cambio de tipo de aportación y cuando se hayan dispensado recetas en otra Comunidad Autónoma a pacientes desplazados con tarjeta sanitaria individual del Sescam, cuando dicha aportación, aislada o conjuntamente, sea superior al máximo fijado legalmente.
Las solicitudes de los interesados irán dirigidas a la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Sescam y se podrán presentar en formato papel, en cualquiera de los registros de las Gerencias del Sescam y sus Servicios Centrales, así como en los lugares previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
También podrán hacerlo en formato electrónico, tras cumplimentar y registrar la solicitud a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 'www.jccm.es' o en la dirección 'sescam.jccm.es'.
La resolución del procedimiento de reintegro de la prestación farmacéutica corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria.
Acceda al DOCM con la orden
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