8 ene. 2015 12:57H
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Redacción. Toledo
Un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real ha obligado al Sescam baremar a un médico el complemento de carrera profesional de los sanitarios derogado por la Ley 1/2012 de 21 de febrero de medidas complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales.
La sentencia cuestiona la norma que derogó la convocatoria ordinaria de carrera profesional del personal sanitario del año 2010. Considera que la Ley 1/2012 de 21 de febrero de medidas complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales no puede derogar y afectar a convocatorias de carrera profesional anteriores en el tiempo como ocurrió en este caso.
Según el fallo, la norma afectó a derechos esenciales del personal sanitario con efectos retroactivos y de competencia estatal, ya que se suprimió el derecho al reconocimiento de la carrera profesional de miles de empleados del Sescam, reconocidos por leyes estatales.
Además destaca que no se trató de una simple decisión de una empresa o Administración, en uso de sus facultades ejecutivas, sino que se legitimó dicha supresión por una Ley del Parlamento Autonómico que también ha sido ratificada por las sucesivas Leyes de Presupuestos de la Comunidad. La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida al Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
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