Repite en una Dirección General en la que en esta etapa se visibiliza la nomenclatura de Farmacia

María del Carmen Encinas Barrios.
Carmen Encinas es especialista en Farmacia Hospitalaria.


28 jul. 2023 10:15H
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Carmen Encinas Barrios seguirá al frente de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria, que para esta nueva etapa añade Farmacia a su nomenclatura.

Así, esta especialista en Farmacia Hospitalaria es de las pocas directivas que permanece en el organigrama de la cúpula de la Consejería de Sanidad tras la renovación del Gobierno autonómico en el tercer mandato ya de Emiliano García-Page.

Encinas accedió al cargo de directora general de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria en julio de 2019, después de haber estado al frente del Área de Farmacia en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) desde 2016.

Es licenciada en Farmacia por la Universidad Complutense de Madrid, e hizo la especialidad de Farmacia Hospitalaria en el Ramón y Cajal, de Madrid.

Su trayectoria asistencial la ha realizado principalmente en el Hospital Universitario de Ciudad Real, donde ha sido, en diferentes etapas, Facultativa Especialista de Área; subdirectora médica; y jefa del Servicio de Farmacia.

Funciones de esta Dirección General


Precisamente este viernes, 28 de julio de 2023, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado las funciones de la Dirección General de Planificación, Ordenación, Inspección Sanitaria y Farmacia, que han quedado definidas así:

"La Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria y Farmacia ejercerá las siguientes funciones:

a) Ordenación general en materia de sanidad incluida la farmacéutica, así como la ordenación territorial y la estructura de los servicios sanitarios.

b) Elaboración y seguimiento del Plan de Salud de Castilla La Mancha.

c) Elaboración y seguimiento de los planes sanitarios, en desarrollo del Plan de Salud de Castilla La Mancha, que no estén atribuidos expresamente a otras Direcciones Generales.

d) Seguimiento de los planes sanitarios, en desarrollo del Plan de Salud de Castilla La Mancha.

e) Coordinación de los sistemas de información, registros y estadísticas oficiales de la Consejería, sin perjuicio de las competencias atribuidas expresamente a otros órganos de la Consejería y Sescam.

f) Autorización y acreditación de centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como de entidades de distribución y dispensación de medicamentos de uso humano y veterinario.

g) Organización y gestión del registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

h) Inspección y control de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

i) Control de la publicidad sanitaria.

j) Ordenación y evaluación de las prestaciones sanitarias incluida la farmacéutica.

k) Ejecución de la legislación sobre medicamentos, productos sanitarios y cosméticos.

l) Acreditación de los Comités Éticos de investigación de medicamentos.

m) En materia sancionadora, la resolución de los procedimientos sancionadores incoados por infracciones tipificadas en el artículo 53.3, letras f) y g) de la Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha.

n) Cuantas otras funciones le sean atribuidas por la normativa vigente"
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