Redacción Santander
Este martes se ha hecho efectivo el Convenio de colaboración sobre el Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (Siuss) entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de Cantabria; firmado por la María Salomé Adroher Biosca, directora general de Servicios para la Familia y la Infancia y María José Sáenz de Buruaga Gómez, consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria.
Mª José Sáenz de Buruaga, consejera de Sanidad y Servicios Sociales de Cantabria. |
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad concede a la Comunidad Autónoma de Cantabria la licencia de uso para la utilización del programa informático, en entorno Web, dentro del ámbito de la Administración Autonómica y las Corporaciones Locales de su territorio. La Comunidad Autónoma de Cantabria se compromete a la implantación de SIUSS en las Corporaciones Locales de su territorio, dándoles acceso al programa informático.
Tratamiento de datos
El encargado -el Ministerio del Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad- sólo tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del fichero y no los aplicará o utilizará con otra finalidad distinta a la del mero alojamiento de los datos en sus servidores, la realización de backup y la prestación de servicios al responsable que accederá a su fichero para tratarlo, modificarlo, usarlo, explotarlo, alimentarlo y, en general cuantas operaciones sean precisas para su normal uso y explotación, para lo que el encargado deberá instrumentalizar los medios necesarios para que dichos accesos y tratamientos por parte del responsable sean posibles, de manera ininterrumpida y constante.
No obstante lo anterior, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad podrá realizar explotaciones de la información que se le facilita y publicarlas siempre que la misma se haga sin datos de carácter personal, a los que no podrá acceder, disociando la información personal del resto de informaciones relativas a las personas de modo que no sea posible atribuir una información determinada a ninguna persona concreta identificada o identificable.
Toda la información relativa a las personas que facilite el responsable al encargado de tratamiento, es de titularidad del responsable del fichero, sin que sobre la misma tenga o adquiera el encargado de tratamiento derecho alguno más allá que los que la legislación le otorga.