Cantabria fija las condiciones de su nuevo registro de objetores del aborto.
Cantabria ha dado luz verde al nuevo
registro de sanitarios objetores al aborto, en el que se incluirá a todos los médicos, enfermeros o técnicos que rechacen participar en las intervenciones para la
interrupción voluntaria del embarazo. Esta nueva herramienta era uno de los requisitos obligatorios que fijó la reforma de la ley del aborto diseñada por el equipo de trabajo de la exministra de Igualdad,
Irene Montero, y que fue aprobada por una amplia mayoría en el Congreso de los Diputados el pasado año.
La orden autonómica ha dado ahora traslación a esta medida con la creación de un
registro de profesionales objetores de conciencia que abarcará tanto al ámbito público como al privado. El objetivo de la medida pasa por poder identificar a todos los sanitarios que se nieguen a realizar estas prácticas para garantizar una
“adecuada gestión” de esta prestación en el conjunto de la sanidad. Aunque se abre la puerta a un cambio de estatus, ya que también se podrá hacer una inscripción para la
“revocación”.
El Gobierno regional ha recordado que la normativa estatal reconoce que el
“acceso o la calidad asistencial de la prestación no se verán afectados por el ejercicio individual del derecho a la objeción de conciencia”, a la par que fija que los servicios públicos deberán organizarse para garantizar el “personal sanitario necesario” para practicar la interrupción voluntaria del embarazo con un “tratamiento y atención médica adecuados a las mujeres que así lo precisen”.
Nuevo registro de médicos objetores al aborto
Los sanitarios objetores deberán rellenar el registro con su
nombre, apellidos y el documento nacional de identidad (DNI). Además, también tendrán que aportar una serie de información relativa a su labor asistencial. La titulación académica, la
especialidad, el centro en el que prestan asistencia o el
servicio en el que se encuentran adscritos son los elementos imprescindibles para formalizar el documento. Mientras que se abre una puerta a rellenar “consideraciones especiales” en cada caso.
“Los datos objeto de tratamiento deberán ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son recogidos,
no debiendo incluirse, en ningún caso, el motivo de la objeción”, han aclarado desde la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria.
La nueva orden sanitaria también establece quiénes podrán tener acceso a la información recogida en el registro de los objetores. Tanto los
responsables de los centros sanitarios públicos como privados podrán conocer los detalles con el objetivo de “garantizar” la adecuada gestión del servicio. Además, también podrán acceder a sus los propios datos las personas interesadas.
Para preservar la privacidad de los médicos, enfermeros o técnicos objetores de conciencia, la normativa autonómica ha hecho hincapié en que el tratamiento de los datos se supeditará a lo previsto en e
l Reglamento Europeo sobre protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales que se aprobó en el año 2010, así como a la
Ley Orgánica de 2018 que rige este mismo asunto en el panorama nacional.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.